viernes. 26.04.2024

A principios de agosto de 2016, la plataforma Stop-Desahucios denunciaba el desahucio sin orden judicial de una familia santoñesa practicado el 29 de julio.

Dicha familia, asesorada por la plataforma, presentó demanda de nulidad posteriormente. El pasado 3 de marzo de 2017, el Juzgado de Santoña emitía auto judicial en donde anulaba el desahucio y daba la razón a la familia desahuciada.

La plataforma celebra la reciente resolución del Juzgado de Santoña, por el cual se anula el lanzamiento de la vivienda de una familia santoñesa el 29 de julio de 2016. Dicho lanzamiento fue denunciado públicamente por la plataforma ya que fue realizado sin la preceptiva orden judicial y, por tanto, se trataba de un desalojo ilegal. En el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Santoña,, de fecha 3 de marzo de 2016, se declara la nulidad del desahucio por infracción de varios preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) e incumplimiento de las obligaciones de la entidad ejecutante (Bankia).

Concretamente, el auto judicial explica que se han incumplido los artículos 675 y 661 LEC, prescindiéndose “de una norma esencial del procedimiento generando, así, indefensión en los recurrentes”. El contenido de los preceptos se refiere a la obligación del adquiriente (Bankia) de comunicar al Tribunal la existencia de ocupantes de la vivienda. Cosa que no hizo la entidad bancaria.

El juzgado anula el desahucio de una familia de Santoña