martes. 19.03.2024

El Juzgado de lo Social número uno de Santander ha condenado al Ayuntamiento de San Vicente de la Barquera a restituir la jornada que tenía un trabajador para poder conciliar su vida laboral y familiar.

Así lo ha acordado el magistrado titular del órgano judicial en una sentencia en la que estima la demanda del empleado implicado y que es firme, pues no cabe interponer recurso alguno contra la misma.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez declara el derecho del demandante a distribuir su jornada de trabajo de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, como venía haciendo en el departamento de jardinería antes del conflicto con la administración.

El empleado es padre de dos hijos, de siete y once años de edad, y su mujer trabaja de lunes a domingo. Desde 2010 presta sus servicios profesionales para el Consistorio barquereño a jornada completa, con un contrato de trabajo de duración indefinida y categoría de operario de servicios múltiples.

En junio de 2020, el Ayuntamiento le comunicó que desde el siguiente mes de julio se reincorporaría al servicio de limpieza viaria, de cuya plaza es titular, departamento en el que la jornada es también de lunes a viernes, pero de 7:30 a 13:30 horas, y fines de semana y festivos, en horario de 7:00 a 12:00. Ante esto, el perjudicado presentó un escrito mostrando su disconformidad con las condiciones de trabajo y solicitando la reincorporación a las anteriores a la comunicación, que no impugnó judicialmente.

En diciembre presentó otro escrito al Consistorio en el que solicitaba la adaptación horaria que le permitiera la mayor compatibilidad entre el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para atender a sus hijos.

Ese mismo mes y el siguiente también el Ayuntamiento requirió distintas subsanaciones y aclaraciones al demandante, que aportó la documentación solicitada sin que la administración iniciara ningún procedimiento o dictara resolución alguna a la petición realizada. Desde febrero de este año, y en base a instrucciones verbales, pasó a prestar servicios de lunes a viernes con horario de 7:00 a 14:00 y fines de semana alternos de 7:00 a 12:00, hasta junio.

EL AYUNTAMIENTO DA LA CALLADA POR RESPUESTA

"La empresa ni tan siquiera ha procedido a iniciar el proceso de negociación, ni a plantear posibles alternativas, ni ha resuelto la solicitud, incumpliendo por completo el precepto y dando la callada por respuesta", sostiene el juez, para añadir que "de facto y por la vía de hecho" el Ayuntamiento ha modificado temporalmente -hasta el "día anterior" al juicio- la jornada del demandante, que por su parte ha acreditado "suficientemente" las necesidades de adaptación.

"La contraparte no solo incumple todos los requisitos formales que se le imponen, sino que en cuanto al fondo material de su argumentación, no acredita la alegada imposibilidad organizativa, respecto de la cual falta toda concreción y prueba", concluye el juez, que estima la demanda del trabajador y condena al Ayuntamiento a adaptar su jornada laboral.

Condenan al Ayuntamiento de San Vicente a restituir la jornada de un trabajador para...
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