viernes. 26.04.2024

El Juzgado de lo Social número 2 de Santander ha condenado a la Fundación Obra San Martín a abonar 6.200 euros -más un 10% de demora- a nueve trabajadores de la entidad por no haberles pagado la cuantía completa del complemento de desarrollo profesional estipulada en el convenio colectivo de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad.

El fallo estima íntegramente una demanda del sindicato UGT y las reclamaciones individuales de los empleados afectados

El fallo estima íntegramente una demanda del sindicato UGT y las reclamaciones individuales de los empleados afectados -siete cuidadores y dos técnicos de integración- que exigían el cobro de la diferencia económica entre lo que aportaba la empresa y lo que contemplaba el convenio por el complemento económico asignado a cada tramo de cualificación profesional de la plantilla.

En la resolución, dictada a principios de mes y difundida este viernes, la jueza reconoce que la Obra San Martín pagó en su momento un 1,9% del salario base por el citado complemento desde el 1 de julio de 2015, cuando tendría que haber abonado el 3,7%. Y añade la magistrada que volvió a incumplir el acuerdo desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2018, ya que aportó un 3,8% en vez de un 7,4%.

En el juicio la empresa manifestó que no adeudaba ninguna cantidad, porque las diferencias alegadas habían sido abonadas mediante transferencias bancarias.

En todo caso, la sentencia apunta que las cuantías pagadas eran "inferiores" a las reclamadas por los trabajadores, en base a un cálculo que la entidad no puso "en entredicho", por lo que sería una compensación.

Y en este sentido, subraya que las diligencias practicadas no han "acreditado fehacientemente" que los pagos realizados correspondan al complemento objeto de litigio.

La Federación de UGT-Servicios Públicos señala en un comunicado que la Fundación Obra San Martín ya reconoció en 2019, en una mediación en el ORECLA (Organismo Extrajudicial de Conflictos Colectivos), que estaba pagando de manera "incorrecta" el complemento de desarrollo profesional a unos 200 trabajadores, aunque "no sirvió de nada porque siguió sin pagarlo como determina el convenio colectivo".

Así, a juicio del sindicato, esta sentencia del Juzgado de lo Social viene a avalar las demandas interpuestas desde hace años y reconoce la deuda correspondiente al complemento de desarrollo profesional a aquellos trabajadores afiliados a UGT que decidieron reclamarlo judicialmente a título individual. Y lamenta en este sentido "que algo tan sencillo como pagar lo que se tiene que pagar, tenga que pasar por un tribunal de justicia".

PRECEDENTE PARA MÁS RECLAMACIONES

La formación sindical asegura que "entiende la postura de aquellos trabajadores que no quisieron continuar con la reclamación de sus cantidades y eligieron defender su puesto de trabajo antes de reclamar el cobro de un derecho ya reconocido", aunque hubiera preferido "que se hubiera aplicado a toda la plantilla con derecho a percibirlo".

De todos modos, UGT apunta que esta sentencia sirve de precedente para más reclamaciones individuales e indica que el propio sindicato tutelará otra tanda de ellas para un juicio previsto en el mes de octubre.

"Es tan criticable la negativa insistente de la empresa a pagar lo que debía con todo el tiempo que ha transcurrido desde entonces como tener que judicializarlo para que los trabajadores puedan cobrar ni más ni menos que lo que les corresponde", concluye.

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