domingo. 28.04.2024

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido que la Agencia Tributaria realizó cobros indebidos en las cotizaciones a la Seguridad Social entre 1967 y 1978 a trabajadores de sectores como el comercio, la construcción y la metalurgia. De este modo, estima que estos trabajadores, ahora jubilados, pagaron impuestos más altos de lo que deberían, por lo que podrán descontarse en el IRPF hasta el 25% de las aportaciones realizadas entonces a las antiguas mutualidades laborales de cada uno de estos sectores.

Según publica El Periódico, los afectados podrán reclamar este dinero, y en caso de fallecimiento, sus descendientes heredan este derecho siempre que no hayan pasado más de cuatro años de su muerte. La sentencia del Supremo concreta que los errores de Hacienda se produjeron en la cotización de las aportaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca, principalmente al no permitir que estos trabajadores se beneficiaran de una deducción en la base imponible del IRPF.

Aunque cada caso individual es diferente, en el cómputo global las cuantías que podrían recuperar estos jubilados afectados podrían alcanzar los 4.000 euros.

Hacienda devolverá hasta 4.000 euros a los jubilados por cobros indebidos durante sus...
Comentarios