domingo. 28.04.2024

La Audiencia Nacional ha ratificado la sanción de 5,5 millones de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a Endesa Energía XXI por "infracción grave por falseamiento de la libre competencia por actos desleales".

Según la sentencia, la Sala del Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la empresa y ha instado a Endesa Energía XXI a que en el futuro se abstenga de realizar conductas similares.

La sentencia parte de una denuncia que interpuso en 2015 la Federación de Gremios de Instaladores de Cataluña (Fegicat) contra varias comercializadoras de energía, entre ellas Endesa Energía XXI, al haber incluido comunicaciones comerciales a los clientes acogidos a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de electricidad y gas natural en las facturas de las campañas de calefacción entre octubre de 2012 y marzo de 2013, y octubre de 2013 y marzo de 2014.

Según la entidad, estas campañas redirigían a los clientes a Puntos de Servicio vinculados con la comercializadora del mismo grupo en el Mercado Libre "con publicidad engañosa, ofreciendo personalizar planes de ahorro en los servicios de calefacción".

"De esta forma, se distorsionaba de manera significativa la elección de estos consumidores a favor del propio grupo empresarial y en detrimento del resto de competidores", ha añadido.

Fuentes de Endesa han explicado que la empresa prevé recurrir la sentencia en casación y han mantenido que no se ha producido un acto de competencia desleal. "Entendemos que no hay evidencias que demuestren que exista un acto de competencias desleal ni falseamiento de la información facilitada a los clientes", han añadido.

Las fuentes han explicado que el objetivo de la empresa era "asesorar a los consumidores en materia de ahorro energético".

Ratificada la sanción de 5,5 millones de euros a Endesa por falsear la libre competencia
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