jueves. 25.04.2024

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Santander ha desestimado la demanda presentada por G.R., inspector de la Policía Local de la capital cántabra, contra el Ayuntamiento de Santander por el presunto impago de horas extras entre julio y diciembre de 2020. Según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, aunque el mando de la Policía Local alega que ya había agotado las 200 horas anuales de disponibilidad que tiene asignadas, no ha sido posible acreditar la realización de las horas extras ni su justificación “al no constar que se hayan superado las horas de disponibilidad, ni de complemento de jornada”.

La demanda de G.R. se interpuso contra la resolución del concejal de Personal, Pedro Nalda, del 11 de junio de 2021, en la que desestimaba la propuesta de abono de estos servicios extraordinarios durante esos meses en los que Santander, al igual que el resto de Cantabria, estaba en plena pandemia de coronavirus. Como inspector, “presta sus servicios en jornada prolongada y disponibilidad”, lo que implica realizar esas 200 horas anuales además de su horario ordinario, como recoge la sentencia.

Sin embargo,  el juzgado considera que, “tras la valoración de la prueba practicada no se acredita la realización ni justificación de dichas horas”. De hecho, señala que se le solicitó la justificación de esas horas de disponibilidad y jornada, ante lo que “se remite por el recurrente un listado pero sin justificar, sin autorización ni requerimiento previo”. Según los testigos del juicio, no existe ningún registro “mediante fichaje” o “motivo de las mismas”.

Ni siquiera la declaración ni el informe firmado por el otro inspector de la Policía Local, V.S., permite acreditar “dichas horas extraordinarias, toda vez que también a él le ha sido denegada idéntica solicitud”, según los testigos.

De este modo, además de desestimarse la demanda, G.R. deberá afrontar las costas del proceso judicial contra el que no cabe recurso, y que ascienden a 9.536,28 euros.

NOMBRAMIENTO

Este inspector fue nombrado, junto a su compañero V.S., en agosto de 2018. En aquel momento, el Ayuntamiento anunció su ascenso como “un proceso de promoción interna dirigido a fortalecer la escala de mando, que se dota así de una figura, la del inspector, que hasta ahora no existía en la Policía Local santanderina”, como recoge la nota de prensa.

Sin embargo, dicho ascenso fue llevado a los tribunales en octubre de 2021. Tal y como ya publicó eldiariocantabria.es, un funcionario del Consistorio demandó al Ayuntamiento por presunta prevaricación en la celebración de este concurso-oposición, ya que el proceso de selección de los dos candidatos que aprobaron dicha oposición no había celebrado el necesario curso selectivo de formación que deben realizar los elegidos, siendo nombrados funcionarios de carrera apenas una semana después de superar la oposición.

Esto, según la denuncia, incumple las propias bases publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), que indican que en caso de no realizar dicho curso deberían haber sido cesados como funcionarios en prácticas. Fuentes consultadas por este medio señalaron en su momento que, dado que esos cursos duran 280 horas, no es posible haberlo realizado en una semana, por lo que “se obvia la fase en prácticas y el correspondiente curso de formación”.

Desestimada la demanda del inspector de la Policía Local que reclamaba el pago horas...
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