viernes. 19.04.2024

Autónomos, sindicatos y prostitución

Con la prostitución ocurre como con el racismo. Nadie se declara racista, aunque inmediatamente se queje de que tiene un "tal vecino gitano" que le hace la vida imposible.

El tema de la prostitución es un tema recurrente que aparece y desaparece cada cierto tiempo, y uno no acaba de saber por qué.

Ahora, la polémica se centra en si los y las "trabajadoras" del sexo deben o no tener derechos, como tales "profesionales". Y si la postura del Gobierno de impugnar la inscripción en el registro de un "sindicato de trabajadoras del sexo" supone una merma o no en los derechos de esas personas.

La polémica prevalece, sin duda, porque no es fácil mojarse, entrando en el fondo del asunto, y sí centrarse exclusivamente en las consecuencias que la actividad de la prostitución produce, como un hecho inevitable, y no en sus raíces, su contenido.

En el fondo quizás es que consideran que no es una actividad tan indigna que merezca un rechazo o, cuando menos, un debate

Con la prostitución ocurre como con el racismo. Nadie se declara racista, aunque inmediatamente se queje de que tiene un "tal vecino gitano" que le hace la vida imposible.

Con la prostitución pasa lo mismo. La mayoría no se atreve a decir que es una actividad digna. De hecho, nadie quisiera que su madre, hija o hermana se dedicase a tal actividad. Pero, enseguida se pasa a hablar de la situación y derechos de las personas que se dedican, libremente o no, a la prostitución. En el fondo quizás es que consideran que no es una actividad tan indigna que merezca un rechazo o, cuando menos, un debate, aunque produzca situaciones personales de verdadera indignidad para las personas que la practican.

El debate real debería hacerse sobre el contenido mismo de la prostitución. Con honestidad y con realismo, llamando a las cosas por su nombre.

Pero si se trata de hablar de las consecuencias de esa actividad, de lo que la rodea, también hay bastante de lo que hablar.

La polémica sobre el sindicato de" trabajadoras del sexo" tiene poco recorrido.

La Ley Orgánica de Libertad Sindical, en su artículo 3º, es muy clara: "... los trabajadores por cuenta propia que no tengan trabajadores a su servicio, los trabajadores en paro y los que hayan cesado en su actividad laboral, como consecuencia de su incapacidad o jubilación podrán afiliarse a las organizaciones sindicales constituidas con arreglo a lo expuesto en la presente Ley, pero NO (podrán) fundar sindicatos que tengan precisamente por objeto la tutela de sus intereses singulares, sin perjuicio de su capacidad para constituir asociaciones al amparo de la legislación específica". ¿Por qué los trabajadores asalariados reciben, en nuestra Constitución, un tratamiento especial que no tienen otras  u otros trabajadores? ¿quizá porque los asalariados representan una mayoría aplastante y que cada vez va a más? ¿o quizá porque la relación patrono-obrero es la que con mayor peso representa las señas de identidad de este sistema democrático-liberal?

El debate real debería hacerse sobre el contenido mismo de la prostitución

Por otra parte, la jurisprudencia también es clara al respecto. El Tribunal Supremo, ya en 1980, declaró que "el derecho a fundar sindicatos, reconocido en el artículo 28 de la Constitución, sólo puede ser legalmente ejercido por los trabajadores en activo, es decir, vinculados al empresario por contrato de trabajo (asalariados), sin que pueda ser reivindicado por trabajadores en paro o en desempleo, subsidiado o no (se trataba de la legalización de un sindicato de parados),  con lo que establece por primera vez una interpretación jurisprudencial de la Constitución en esta materia" y que aún sigue vigente. "Trabajadores en activo... vinculados al empresario por contrato de trabajo".

Otra cosa es que los y las "trabajadoras del sexo" tengan o no derecho a asociarse para defender sus intereses. Pero no a constituir sindicatos con las características y prerrogativas que la Ley de Libertad Sindical establece para ese tipo de organización. Se trataría del derecho genérico a asociarse que la Constitución otorga. Es inexplicable, por tanto, que a la Ministra del ramo le hayan podido meter "un gol por la escuadra" de tal envergadura.

No se trata, pues, de una negación o merma de derechos el hecho que el Gobierno rechace la inscripción del mencionado sindicato (por mucho que lo digan algunas reconocidas feministas). No se trata de una merma. Se trata de delimitar cuáles son los derechos constitucionales de todos los ciudadanos y ciudadanas de este país.

Los y las "trabajadoras del sexo" por supuesto que pueden asociarse para reivindicar sus derechos y defenderlos.

No se puede "emplear" prostitutas, tenerlas como asalariadas, es delito, y los chulos y proxenetas son delincuentes

No podrán hacerlo como asalariadas pues el Código Penal, en su artículo 187, especifica que "el que, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución, será castigado con penas de prisión... quien se lucre explotando la prostitución de otra persona,  aún con su consentimiento”. No se puede "emplear" prostitutas, tenerlas como asalariadas, es delito, y los chulos y proxenetas son delincuentes.

Sí podrán, sin embargo, hacerlo como trabajadoras y trabajadores autónomos  y organizarse como asociación, cumpliendo los requisitos que establece el reglamento que regula la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones.

¿Cuáles son los derechos de los y las trabajadoras autónomas? Los más importantes derechos son los del acceso universal a la Seguridad Social, a la libertad de iniciativa económica, al desempeño de su actividad con autonomía, a la igualdad ante la Ley y a no ser discriminados, a la percepción puntual de la contraprestación económica convenida, a  la prevención de riesgos laborales, etc.

Los derechos y deberes de los y las trabajadoras autónomas vienen recogidos en el correspondiente Estatuto. El Art. 1, del Estatuto del Trabajador Autónomo define a los autónomos como “aquellas personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia, y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo”.

Los deberes son los relacionados con las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, afiliarse y cotizar al régimen de seguridad social correspondiente, cumplir con las obligaciones derivadas de los contratos por ellos y ellas celebrados, cumplir con las obligaciones fiscales y tributarias (declaración de IRPF, IAE, IVA ...).

Este debate está enmarcado en la lamentable tendencia imperante a la mercantilización de toda relación humana

¿Imaginamos a todas las personas que ejercen la prostitución cumpliendo con tales requisitos? No, pero son los que se exigen a todas aquellas personas que desean ejercer una actividad profesional por cuenta propia.

Los trabajadores autónomos no tienen patrón, tienen clientes. En el caso de los autónomos del sexo, sus clientes son los puteros. Con ellos contratarán sus servicios, les deberán dar factura por el cobro de los mismos, y declarar a Hacienda el importe global de la  facturación con la relación de nombres de sus clientes. ¿Imaginamos una asociación de puteros? ¿Se federarían en la CEOE-CPYME?

Es llamativo que quienes reivindican justamente el derecho a asociarse y organizarse, ponen el acento, casi exclusivamente, en el derecho a afiliarse a la Seguridad Social, a la atención sanitaria y a cobrar el paro. En su tabla reivindicativa hablan poco de condiciones dignas de trabajo (¿hay condiciones dignas en su trabajo?), tales como el derecho a la higiene en la relación sexual, el uso obligatorio del condón, el trato respetuoso, el pago justo del precio convenido, la libertad de consentir o no... Parecería que estos aspectos no son, para ellos y ellas relevantes. Y dicen que ejercen la prostitución libremente. ¿Se imagina alguien la negociación colectiva de estos aspectos? ¿Con quién los negociarían? ¿No sería una negociación "clandestina"? ¿Quién firmaría el acuerdo en nombre de los puteros?

Decididamente, este debate está enmarcado en la lamentable tendencia imperante a la mercantilización de toda relación humana. "Todo lo que se vende se puede comprar" y viceversa. ¿No hay un límite para esa afirmación?

El límite no vendrá solo de la mano de posibles regulaciones, de leyes y derechos, sino del modelo de relaciones humanas que queramos implantar. Es cierto que la prostitución es una de las "profesiones" más antiguas. También era antigua la esclavitud y fue erradicada formalmente desde hace mucho tiempo en la mayoría de países culturalmente avanzados. Es cierto que la prostitución está ahí y no podemos ignorarla. El reto está en determinar las causas que la producen, cuáles son naturales, cuántas fomentadas, cuántas individuales, cuántas colectivas... Y erradicarlas.

Pero ese debate sobrepasa el alcance de estas líneas.

Autónomos, sindicatos y prostitución
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