jueves. 02.05.2024

El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha acordado investigar a tres empresas por la fabricación y comercialización del producto sanitario Ala Octa, aplicado en las operaciones de retina, y que produjo pérdida de visión y otros efectos adversos en los pacientes sobre los que se aplicó. Este colirio se empleó también en Cantabria.

En un auto de este mismo lunes, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 1 acuerda admitir a trámite la querella presentada la pasada semana por Fiscalía por los delitos de lesiones graves y contra la salud pública. Además, pide a las autoridades alemanas que identifique a los responsables de las personas que componen el órgano de administración de las empresas que fabricaron y comercializaron el producto.

Asimismo, el instructor pide a la Agencia Española del Medicamento que se remita la lista de todos los nombres de las personas afectadas, así como todos los casos notificados y estudiados en el análisis clínico que realizó la institución, indicando de igual forma en qué centro sanitario se aplicó a los afectados el medicamento.

Por último, pide al médico forense un dictamen acerca del tiempo máximo en el que puede considerarse que se produjo la estabilización de las distintas lesiones analizadas por la propia agencia para tener "una primera valoración sobre la fecha inicial del cómputo de la prescripción".

En su resolución, el juez explica que los delitos que se van a investigar son competencia de la Audiencia Nacional y que las víctimas son de nacionalidad española por lo que recae la competencia en este órgano judicial.

"DEFICIENCIAS EN LA FABRICACIÓN"

Fue la pasada semana cuando la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durantez, presentó una querella en la que pedía al tribunal que se recabase de los centros sanitarios que notificaron incidentes con el producto Ala Octa los datos de los pacientes que sufrieron lesiones, tomándoseles declaración como perjudicados con ofrecimiento de acciones.

Además, la fiscal solicitó que, una vez determinadas las personas jurídicas presuntamente responsables, se requiriese a estas organigrama a efectos de la determinación de las personas físicas que pudieran resultar responsables. Por último, pidió que se interrogase en sede judicial a los investigados que correspondan.

La Fiscalía entiende que los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delitos contra la salud pública por la fabricación, importación, suministro, intermediación, comercialización, ofrecimiento o puesta en el mercado del producto sanitario Ala Octa y de lesiones graves.

El Ministerio Público asegura que "el producto ocasionó a los pacientes a quienes se les suministró efectos adversos para la salud como amaurosis (situación de no percepción de luz en el ojo operado), atrofia del nervio óptico (atrofia óptica), necrosis retiniana y fenómenos de oclusión vascular retiniana con posible envainamiento de la pared de los vasos sanguíneos de la retina, tanto arteriales como venosos". "La investigación sobre el producto apreció la existencia de deficiencias en la fabricación y carencias en los controles de seguridad de la materia prima y de los lotes fabricados. Fue utilizado por el sistema de salud español en 28 centros sanitarios, de 13 comunidades autónomas, con un número total de 125 casos notificados", añadía.

Las empresas que habrían comercializado el producto son, según indicaba la Fiscalía, Alamedics GmbH & Co.KG y BSI Group Deutschland y la empresa con sede en Barcelona W.M. Bloss S.A.

CANTABRIA

En Cantabria, el Tribunal Superior de Justicia ya condenó hace varios años al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a indemnizar a dos pacientes operados de desprendimiento de retina, por los daños causados por un fármaco defectuoso -el gas perfluoroctano Ala Octa-, que fue retirado posteriormente a las intervenciones por la Agencia Española del Medicamento.

En uno de los casos, el TSJC condenó al SCS a indemnizar con 25.000 euros a una paciente que se quedó ciega del ojo izquierdo por este fármaco defectuoso que le aplicaron en dos operaciones a las que fue sometida en el Hospital Sierrallana de Torrelavega por desprendimiento de retina en 2015. Posteriormente, el Tribunal Supremo admitió a trámite los recursos de casación presentados por el Gobierno de Cantabria contra las dos sentencias del TSJC, que anuló y determinó que los perjuicios causados por la aplicación del Ala Octa podrían reclamarse al fabricante -el laboratorio alemán Alamedics-, al distribuidor -WM Bloss- o a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La AN investigará a tres empresas por la comercialización del colirio utilizado en...
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