domingo. 28.04.2024

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado con penas de prisión de entre uno y siete años de cárcel a cinco personas por prostituir a una joven a la que trajeron engañada desde su país natal, Colombia, con la falsa idea de que iba a trabajar en la hostelería.

En una sentencia recientemente notificada, la Sección Primera de la Audiencia considera a tres de ellos autores de un delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso medial con un delito de prostitución coactiva y, además, de un delito de ayuda a la inmigración ilegal.

La pena para estas tres personas -la encargada de gestionar el piso donde se ejercía la prostitución, su hijo que colaboraba con ella y la mujer que contactó con la víctima- asciende a siete años de prisión para cada uno.

Además, deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la mujer con 15.000 euros por los daños morales sufridos.

El tribunal también ha condenado a otro hijo de la encargada a un año y tres meses de prisión y al pago de una multa de 900 euros como autor de un delito de ayuda a la inmigración ilegal y de otro de obstrucción a la justicia, ya que tras iniciarse el procedimiento judicial contactó con la víctima para que esta retirara la denuncia.

Finalmente, también condena como cómplice del delito de determinación coactiva al ejercicio de la prostitución a otra mujer, que convivía en el piso con la víctima, también se prostituía y se encargaba de vigilarla. En su caso, la pena impuesta por el tribunal es de un año y medio de prisión y multa de 900 euros.

Según los hechos probados en la sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la encargada del piso, su hijo y otra chica, que ejercía la prostitución, decidieron conseguir una joven Colombia para explotarla sexualmente y obtener un beneficio económico.

Así, la mujer que ejercía la prostitución en el piso contactó a través de las redes sociales con una amiga de la infancia y, conociendo su precaria situación económica, le ocultó que iba a dedicarse a la prostitución y se ofreció a buscarle un trabajo en España, enviarle el billete de avión y dinero para el viaje y los primeros gastos.

El hijo de la encargada sacó el billete y se lo remitió por correo electrónico a la joven, que acudió al aeropuerto en Colombia donde un individuo que colaboraba con los acusados le entregó 900 dólares para posibilitar su paso por las fronteras como turista.

Una vez en España, le esperaba otro hijo de la encargada, quien le reclamó el dinero que le habían entregado en su país y la condujo a un vehículo que la llevó a Torrelavega, donde fue recogida por el otro hijo, que la llevó a un piso de Santander.

Allí fue acogida por la que era su amiga y por otra chica, que también se prostituía, y la encargada le dijo que tenía que ejercer la prostitución hasta que abonara la deuda que había contraído con ella. También la amenazó con matar a su padre en Colombia si no accedía a ello.

Ante esta situación, la víctima, que carecía de recurso alguno para solventar la deuda y se encontraba en situación irregular en el país, accedió a ello y comenzó a ejercer la prostitución 24 horas al día todos los días de la semana, bajo la vigilancia de las otras dos mujeres que convivían con ella.

La encargada la obligó, también bajo amenazas, a hacerse varias fotografías desnuda, que fueron subidas a una página web de anuncios de prostitución.

Las ganancias obtenidas eran retenidas por la encargada y a la víctima se le entregaban exclusivamente 30 euros a la semana.

A pesar de que le tenían prohibido salir sola, en una ocasión el hijo de la encargada accedió a que la chica fuera a cobrar un giro que le habían enviado, lo que aprovechó para, nada más salir del portal, pedir ayuda a un viandante que le prestó auxilio.

Incoada la causa judicial, uno de los hijos de la encargada logró contactar con la víctima, a la que pidió que no declarara y retirara la denuncia, con mensajes que trataban "de causarle miedo" e "influir mediante amenazas en su comportamiento procesal".

La Audiencia ha llegado al convencimiento de que así sucedieron los hechos por las declaraciones de la víctima, corroborada por los "esenciales testimonios" de quienes la acogieron, así como por los de los policías que llevaron a cabo la investigación, el resultado de las entradas y registros domiciliarios efectuados y las conversaciones de los móviles utilizados por los implicados.

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