domingo. 28.04.2024

El Juzgado de lo Social número 1 de Santander ha paralizado el proceso iniciado por UGT para que se aplicara la paridad de género en las candidaturas presentadas por el resto de organizaciones a las elecciones sindicales al Ayuntamiento de la capital cántabra. En concreto, tal y como pedían CSIF, CCOO, USO y SIEP, este Juzgado ha suspendido de forma cautelar un laudo arbitral dictado el pasado mes de abril que estimaba la petición de UGT de imponer la paridad en las listas.

Frente a ello, el juez ha dictado un auto con fecha de 22 de junio en el que señala que la normativa a la que hace alusión el laudo "no impone una obligación de presentación de candidaturas equilibradas entre hombres y mujeres". Además, añade que la ley electoral que sí exige esa paridad "no es de aplicación a los supuestos de elecciones sindicales".

En cuanto a la norma que sí se aplica a este proceso sindical, "tan solo establece medidas de fomento y recomendación, pero no una obligación legal de composición equilibrada".

De este modo, la anulación de las candidaturas que pide UGT "solo cabría de acreditarse la existencia de una efectiva discriminación por causa de sexo, y no por incumplimiento de normas objetivas", algo que no se ha alegado en este caso, sentencia el auto. De hecho, el magistrado apunta que el propio sindicato ha presentado candidaturas sin la composición paritaria que ahora exige en otros procesos electorales, como en el comité de empresa del Ayuntamiento de Santander o en el personal funcionario y laboral del de Torrelavega.

El sindicato USO ha valorado esta resolución judicial en un comunicado en el que ha calificado como "temeraria" la actuación de UGT, ya que considera que "no está sustentada en legalidad alguna" y que está "dirigida a conseguir rédito electoral y no en beneficio de las mujeres".

El juzgado no ve obligatorio aplicar la paridad en las elecciones sindicales en el...
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