viernes. 19.04.2024

La Inspección de Trabajo ha sancionado a Ryanair por no aplicar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) con una multa que oscila entre los 751 y los 7.500 euros.

USO denunció los contratos de pago por horas y sin salario base que Ryanair y sus agencias de contratación aplicaban a los tripulantes. Inspección de Trabajo ha analizado la documentación aportada por el sindicato y considera que, al no especificarse si se trata de contratos a tiempo completo o parcial, están obligados a considerarlos a tiempo completo, por lo que deberían percibir el SMI.

La organización ha comprobado que existen nóminas de los TCP inferiores al SMI vigente en el momento de la denuncia, por el que el salario es ilegal. Por ello, Inspección de trabajo ha iniciado procedimiento sancionador por una infracción grave en materia de relaciones laborales.

USO ha señalado que "con independencia de que las retribuciones estén directamente vinculadas con las horas de vuelo efectivamente realizadas, la empresa tiene la obligación de garantizar la percepción, con carácter mensual, de al menos la cantidad establecida como SMI".

Sancionan a Ryanair por irregularidades en los contratos de trabajo de sus tripulantes
Comentarios