jueves. 25.04.2024

Los patinetes eléctricos deberán tener un seguro obligatorio y, además, habrá que llevar casco siempre que se circule con él. Eso es lo que se desprende del documento "Disposiciones sobre seguridad y circulación de patinetes principalmente eléctricos", un proyecto de ley que ha sido presentado en el Senado Italiano. Algo similar a lo sucedido en nuestro país desde que el pasado 2 de enero la DGT decidió regular el uso de estos vehículos. Así se da carpetazo a un tema que lleva desde hace tiempo creando polémico debido a la abundancia de estos aparatos que abarrotan las calles y que transitan al mismo tiempo por la acera y por el asfalto. De esta manera el conductor estará asegurado en caso de accidente (laboral o profesional) y estará protegido ante cualquier contratiempo al llevar casco.

Por otro lado, los usuarios que tengan entre 14 y 18 años deberán atenerse a unas reglas muy estrictas, como son moverse con los patinetes en zonas peatonales y nunca superando los 6 km/h o los 12km/h si se transita por carriles bici y, por supuesto, utilizando casco y chaleco reflectante.

Será obligatorio el limitador de velocidad y se contemplan medidas para que no se aparque en las aceras o en las zonas peatonales

También será obligatorio el limitador de velocidad y se contemplan medidas para que no se aparque en las aceras o en las zonas peatonales. Así, los ayuntamientos de cada localidad deberán identificar cuáles son los lugares habilitados para estacionar los patinetes eléctricos y así no entorpezcan la movilidad de viandantes y vehículos.

También estos conductores estarán bajo estrictas medidas referidas a la conducción bajo los efectos del alcohol serán sancionados bajo multas de entre 168 a 678 euros si se circula con un nivel de alcohol de 0,5 gramos por litro (g/l). Si los conductores en este estado provocan un accidente, las sanciones se duplican. Los conductores de patinete eléctrico bajo los efectos de las drogas serán sancionados con una multa de 1.500 a 6.000 euros y una pena de cárcel que podrá ser de 6 meses a un año.

En España, la normativa que entró en vigor el pasado 2 de enero establece que la velocidad se limita a un máximo de 25 km/h y su circulación deberá ser siempre por la calzada, por lo que los usuarios tienen prohibido circular y estacionar en las aceras o en zonas de peatonales.

Tampoco podrán circular por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos. La DGT implementará su uso en carretera como un vehículo más y, por tanto, tendrá que someterse a las mismas leyes de tráfico que cualquier otro conductor.

Su uso está prohibido si se ha bebido alcohol, si se está hablando por el teléfono móvil, se llevan puestos los auriculares o se transporta a otra persona.

Seguro y casco obligatorio regulado por ley para los patinetes eléctricos
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