jueves. 28.03.2024

Cuando la relación laboral entre una empresa y un trabajador llega a su fin se plasma con la firma del finiquito. Este documento conlleva que ambas partes aceptan esta decisión, por lo que se finiquitan, como su propio nombre indica, todos los conceptos que unían a ambas partes, existiendo además un compromiso a no reclamar nada más de esa relación laboral.

Sin embargo, y como publica Nueva Tribuna, esta firma no siempre conlleva renunciar a salarios, una indemnización o la impugnación del despido. Tal y como explica el bufete de abogados ‘Juristas Laboralistas’, el trabajador no puede renunciar a derechos que son irrenunciables o indisponibles por el trabajador.

Por tanto, si se diera este caso y se firmase un “finiquito” dando su conformidad a pesar de no haber percibido las cantidades consignadas en él, podría reclamarlas en vía administrativa y judicial. Pero en cambio, si estos derechos nacen únicamente de la voluntad de las partes, la firma de un finiquito da totalmente por saldada y finiquitada una relación laboral, independientemente de haber percibido o no las cantidades consignadas en el mismo.

Dado que, en la mayoría de las ocasiones, el trabajador desconoce las verdaderas consecuencias que puedan derivarse de la firma del finiquito, Juristas Laboralistas recomienda que o bien esté acompañado en el momento de la firma por un abogado experto en la materia, o que, en su defecto, consigne un “no conforme”, con el fin de poder analizar después al detalle el texto con detenimiento.

Por ello, el bufete de abogados realiza una serie de recomendaciones ante las diferentes situaciones que se pueden dar ante la firma de un finiquito. Así, frases como “Si no se firma el finiquito, no se abonan las nóminas”, que ya han sido juzgadas por los tribunales, pueden hacer que la firma de un finiquito sea nula de pleno derecho, “dado que existe vicio en el consentimiento”.

De la misma manera, y según detalla Nueva Tribuna, la amenaza empresarial de denuncia penal hacia el trabajador, si se realiza en tono intimidatorio, también se ha estimado abusiva, por lo que también en este caso se ha de declarar la nulidad del mismo.

Asimismo, es nulo el finiquito cuando de forma ininterrumpida se continúa la relación laboral con un nuevo contrato temporal; o se confunde la aceptación del pago de la liquidación con la aceptación del cese; o los recibos de trabajo diario de los trabajadores fijos-discontinuos, que no en pocas ocasiones han sido alegados por parte de la empresa como liquidación de saldo y finiquito.

Casos de nulidad

Otros casos de nulidad pueden darse con trabajadores menores de edad, que al igual que necesitan autorización para trabajar, la necesitan para firmar el finiquito; y con trabajadores con un 35% de discapacidad, o un trabajador con alteración psicológica, cuya firma ha de realizarse en presencia de representantes de los trabajadores o de un abogado.

El bufete de abogados también detalla que a veces el trabajador no entiende todo lo que figura en el finiquito, y no tanto por su ignorancia en cuestiones legales, sino porque el documento ha sido elaborado de forma incomprensible y opaca: es decir que, bajo la apariencia de una cosa, realmente sea otra diferente y que la ambigüedad en su redacción pueda favorecer claramente al empresario, sin olvidar que lo recogido no sea cierto o sea falso. En estos casos tampoco será válido.

No en pocas ocasiones lo que realmente subyace bajo la apariencia de finiquito, es una baja voluntaria, sin indemnización ni prestación por desempleo. De ahí, la necesidad de interpretar adecuadamente el documento con la expresión inequívoca por parte del empleador de dar por terminada la relación laboral.

Un finiquito también puede ser anulado si el contenido de lo que el empresario pretende que se firme es contrario a una norma imperativa, al orden público o perjudique a terceros, o conlleve una renuncia general y previa de derechos, o incluso finiquitos en los que se aprecia error sobre el objeto del acuerdo que se plasma en el mismo. 

Firmar un finiquito bajo coacción o amenazas lo convierte en nulo de pleno derecho