jueves. 28.03.2024

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a quince meses de prisión a un padre, que zarandeó a su bebé de cinco meses de edad, lo que le ocasionó retraso motor, epilepsia, estrabismo e hidrocefalia.

Además, el padre no podrá ejercer la patria potestad durante el periodo de condena y no podrá comunicar ni acercarse al bebé en tres años.

El tribunal de apelación confirma así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2, cuyo titular consideró probado que las lesiones que sufrió el bebé fueron consecuencia de un zarandeo del padre, quien trataba de ese modo sofocar los continuos lloros del niño.

En la sentencia de instancia, el juez, que le condena por un delito de lesiones por imprudencia grave, relata que el bebe sufrió “un cuadro de molestias intestinales” y que el padre “ante la imposibilidad de calmarle lo zarandeó bruscamente”, omitiendo “las más elementales normas de diligencia exigidas en el cuidado de un bebé de la citada edad”.

Añade la sentencia que el ahora condenado “no se percató de que con tal actuación se pudieran derivar consecuencias tan graves como se produjeron”, y que pasadas unas horas llevó al bebé a urgencias al observar los síntomas que el niño presentaba: vómitos, inapetencia e hipotonía generalizada.

Como consecuencia de tal “violenta e imprudente maniobra”, señala la resolución, el niño sufrió un traumatismo craneoencefálico, hematomas, crisis epilépticas, hemorragias en los ojos e hidrocefalia, que precisó una intervención quirúrgica para colocarle una válvula de drenaje.

La Audiencia confirma ahora la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal y se apoya, entre otros elementos, en los informes del hospital donde el menor fue atendido que denominan las lesiones como propias del “síndrome del niño zarandeado”, y en los informes de la médico forense, “contundentes y concluyentes” al apuntar al mismo síndrome.

Prisión y alejamiento a un padre que zarandeó a su bebé de cinco meses, ante el...
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