martes. 23.04.2024

El Juzgado de lo Social número 5 de Santander ha reconocido a un hombre el complemento de maternidad en su pensión de jubilación que le había sido denegado por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El fallo se produce tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de diciembre de 2019, en la que se resolvió la discriminación en el reconocimiento solo a las mujeres del complemento por maternidad, pero no a los hombres que cumplían los mismos requisitos, y tras la jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto.

La sentencia del Juzgado de lo Social de Santander, dictada el pasado mes de octubre, resuelve el derecho de un pensionista jubilado, padre de dos hijos, a percibir el complemento por maternidad en su pensión, que se verá incrementada en un 5% sobre la cuantía que viene percibiendo desde diciembre de 2017. Además, la entidad gestora condenada deberá abonarle desde ese momento y por todos los atrasos devengados una cuantía que asciende a más de 7.000 euros, según ha informado Unive Abogados.

Desde este bufete recuerdan que, dado que la entidad gestora continúa denegando en vía administrativa el complemento a determinados pensionistas, "solo aquellos hombres que lo soliciten expresamente y, si fuere necesario, acudan a la vía judicial podrán recuperar todos los atrasos desde el momento en que accedieron a la pensión" y "ver reconocido su derecho al complemento, con independencia de la situación particular en la que se encuentren".

Para poder solicitar que se le reconozca el complemento de maternidad en su pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es requisito que hubieran accedido a la misma entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y fueran padres de dos o más hijos.
 

Reconocen el complemento de maternidad a un pensionista jubilado
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