viernes. 19.04.2024

Santander Operaciones, del Grupo Santander, tendrá que aplicar a la plantilla del centro de llamadas telefónicas ('call center') en Cantabria el convenio de oficinas y despachos de Burgos, en lugar del de Madrid, según ha dictaminado el Juzgado de lo social número 5 de Santander. En una sentencia del pasado 5 de marzo, el juez atiende la demanda por conflicto colectivo presentada por los sindicatos CCOO y UGT contra la aplicación del convenio de Madrid, que contempla importantes diferencias salariales y de jornada, lo que, a juicio de los sindicatos suponía una discriminación para los trabajadores de la región.

La sentencia, dada a conocer hoy jueves por CCOO, considera "contraria a derecho" la aplicación de dicho convenio, que contempla "importantes diferencias salariales y de jornada", según el sindicato. Recuerda además que los tribunales ya se pronunciaron sobre esta cuestión con anterioridad, con motivo de una demanda por despido disciplinario, y determinaron que en la región era de aplicación el convenio colectivo del sector de oficinas y despachos de Burgos extendido a la comunidad de Cantabria. A esto se suma que la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Cantabria, ante la ausencia de partes legitimadas para negociar un convenio colectivo que protegiera a los trabajadoras, ya resolvió en octubre de 2019 que se renovara la extensión del convenio del sector de oficinas y despachos de Burgos.

El centro de trabajo de Santander, con una plantilla de 174 personas y con dos de los cinco delegados de CCOO, tiene como objeto la atención telefónica especializada para los clientes con alto poder adquisitivo de la entidad. Para CCOO, la sentencia es una "importante victoria" tras años luchando para que a los trabajadoras de este centro se les aplique el convenio adecuado.

Aunque la sentencia aún no es firme y cabe recurso, ha quedado demostrada, a su juicio, "la discriminación y las desigualdades que sufría la plantilla, con unas importantes diferencias tanto salariales como de jornada con respecto al convenio que realmente se les debe aplicar", ha señalado la secretaria general de la Federación de Servicios de CCOO en Cantabria, Marta Carega. En este sentido, destaca que, por ejemplo, las horas anuales según el convenio de Madrid son 1.765 frente a las 1.748 que establece el de Burgos mientras que, por su parte, las diferencias salariales son abismales. Así, en la actualidad, y siguiendo el convenio de Madrid, la plantilla está encuadrada en dos categorías distintas, cuyo salario es de 14.759,86 euros o de 15.372 euros, mientras que si se les aplicara el convenio adecuado que dictamina la sentencia, el salario según el nuevo encuadramiento sería de 23.681 y de 24.795,54 euros, respectivamente y según la categoría.

Un juzgado obliga al Banco Santander a aplicar a la plantilla del ‘call center’ de...
Comentarios