sábado. 27.04.2024

En febrero de 2021 la formación Cantabristas denunciaba lo que calificaba como un “escándalo” que afectaba a los vecinos de las 140 viviendas de protección oficial (VPO) de Primero de Mayo, en Peñacastillo. En concreto, lo que se denunciaba es que, tras años pagando el alquiler, en el momento de acceder a la compra la valoración económica de los mismos que había hecho el Gobierno de Cantabria (entonces en manos de PRC y PSOE) aumentó en más del doble con respecto a lo inicialmente fijado, alcanzando un precio de 3.000 euros por metro cuadrado. Ahora, la Justicia ha dado la razón a los afectados, obligando al Ejecutivo cántabro a rebajar el precio y fijarlo en lo que legalmente estaba establecido.

Así consta en una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) a la que ha tenido acceso este medio, y que revoca las resoluciones de la Dirección General de Vivienda, que entonces estaba dirigida por la actual delegada del Gobierno en Cantabria, Eugenia Gómez de Diego. Dichas resoluciones ‘tumban’ unos precios de venta que rondaban los 3.000 euros por metro cuadrado, fijando además un precio máximo de venta de 1.394,72 euros el metro cuadrado, y 836,63 euros para garajes y trasteros. Esto supone una reducción de casi un 60% del precio respecto a lo aprobado inicialmente.

El aumento que había establecido la promotora del proyecto, Residencial Primero de Mayo S.L., con la aprobación del Gobierno autonómico, imponía un coste de hasta 150.000 euros para los pisos de 50 metros cuadrados. Cantabristas, la formación que denunció públicamente lo ocurrido, ha mostrado su satisfacción por la sentencia, que el actual Ejecutivo del PP ya ha anunciado que no va a recurrir. A su juicio, la decisión judicial demuestra que, por un lado, tanto los y las vecinas del Primero de Mayo como Cantabristas tenían razón al considerar abusivas las valoraciones de las viviendas y, por otro, que “Gómez de Diego sí pudo haber hecho algo, a pesar de negárselo a las personas afectadas y haberse lavado las manos, motivo por el cuál exigimos su dimisión en aquel momento”. En este sentido, desde la formación lamentan que se haya “premiado la mala gestión y la inoperancia nombrando delegada del Gobierno estatal a quien debería haber asumido responsabilidades por esto y ponerse del lado de las y los vecinos”.

El TSJC argumenta la estimación de la demanda basándose en la infracción de la teoría de los propios actos de la administración, que según el Código Civil  es “la norma general según la que no se puede ir en contra de los propios actos constituye una verdadera norma jurídica, emanada de la buena fe”.

Tal y como detalla, los demandantes suscribieron en distintas fechas de 2011 con la entidad promotora los contratos de arrendamiento en régimen de alquiler con opción a compra de las viviendas, trasteros y plazas de garaje de los portales 9 a 11 de la calle Manuel Vélez. En el año 2021, al acercarse el plazo para ejercitar la opción de compra, los recurrentes consultaron cuál iba a ser el precio y este no coincidía con el acordado diez años atrás, sino que se les había doblado mediante una valoración económica que además contaba con la autorización del Gobierno regional. Los afectados recurrieron los informes que se les trasladaron, pero estos recursos fueron desestimados, y que ahora el TSJC revoca.

La Justicia obliga a rebajar el precio de las 140 VPO que el Gobierno había aumentado...
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