viernes. 29.03.2024

El titular del Juzgado de Instrucción número dos de Santander ha acordado archivar las diligencias previas abiertas tras la denuncia por supuestas irregularidades en la vacunación contra el Covid en Ambuibérica, concesionaria del transporte sanitario por carretera en Cantabria.

El magistrado acuerda el sobreseimiento por no ser el hecho denunciado constitutivo de infracción penal, según un auto al que ha tenido acceso Europa Press.

El comité de empresa denunció en enero a Ambuibérica por empezar a inmunizar frente al coronavirus a una treintena de personas de la compañía antes que al personal sanitario, incluido el gerente y también el exgerente, que según los sindicatos estaba en País Vasco. Los representantes de los trabajadores aseguraban además que se había 'colado' en la administración de las dosis a empleados de oficinas, administrativos y encargados de las muestras, en tanto que técnicos del transporte sanitario urgente -ambulancias- estaban sin vacunar.

Tras esto, y ante la ausencia de respuesta de la adjudicataria a los escritos del comité, los representantes de este órgano pusieron los hechos en conocimiento del juzgado de guardia en la capital cántabra, al entender que no se había respetado la prioridad de vacunación de los trabajadores en primera línea frente al Covid.

"Si bien es cierto que tales hechos merecen un manifiesto reproche social, difícilmente pueden merecer un reproche o sanción penal", razona el juez

"Si bien es cierto que tales hechos merecen un manifiesto reproche social, difícilmente pueden merecer un reproche o sanción penal, al no apreciarse su encaje en alguno de los tipos que contempla el código penal", razona el juez, que no comparte la tesis del ministerio fiscal de que lo ocurrido podría constituir un delito de prevaricación, que solo puede ser cometido por una autoridad o funcionario público. "Y aunque la jurisprudencia ha ido perfilando el concepto penal de funcionario público poniendo, sobre todo, el énfasis en el servicio público que desempeña la persona -admite el juez- ello no debe ser óbice para soslayar el principio de legalidad". "Ninguno de estos supuestos concurre en el presente caso en el que el denunciado gerencia una empresa netamente privada y lo hace por nombramiento de sus órganos de administración en los que no consta que participe ninguna administración o entidad pública", insiste.

Así, "la conducta del gerente de la empresa priorizando su vacunación sobre otros trabajadores sin duda más expuestos es reprobable desde el punto de vista moral y social, pero no desde la órbita penal del derecho penal". Contra este auto cabe interponer recurso de reforma o de apelación.

El juez archiva las diligencias abiertas tras la vacunación irregular del Covid en...
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