viernes. 26.04.2024

El Juzgado de lo Social número 4 de Santander ha reconocido que la concatenación de contratos temporales de una trabajadora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) desde 2004 la convertían en indefinida no fija y que, tras haberse cubierto la vacante que ocupaba desde 2017, tiene derecho a una indemnización de 26.672 euros por extinción de su relación laboral desde el año 2004.

La sentencia, dada a conocer este martes por la sección sindical de Comisiones Obreras (CCOO) en el Gobierno de Cantabria y que es recurrible, reconoce que "existe una vinculación laboral recognoscible como tal desde el 1 de julio de 2004", cuando la trabajadora comenzó a encadenar contratos temporales hasta un total de 28.

El último contrato, sin embargo, fue precisamente de interinidad, como técnico superior en Educación Infantil, prolongándose desde el 7 de marzo de 2017 hasta el 6 de julio de 2022, cuando se produjo la cobertura definitiva tras el proceso correspondiente.

No obstante, la sentencia reconoce que "la relación laboral en su conjunto ha sido larga, con numerosas contrataciones temporales (28), donde "se ha apreciado el carácter fraudulento de la contratación", porque "la mayor parte de las interrupciones han sido breves, la más larga ha sido de cuatro meses aproximadamente, y existe una cierta identidad de la actividad productiva".

De ahí que falle a favor del derecho de la trabajadora a ser considerada indefinida no fija y a cobrar una indemnización teniendo en cuenta su primer contrato temporal de 2004 y no sólo el que firmó de interinidad en 2017.

Desde CCOO, han manifestado su satisfacción con el resultado de esta demanda, "porque reconoce la existencia de la unidad esencial del vínculo laboral desde que la trabajadora celebró el primer contrato temporal y computa todo el tiempo que prestó sus servicios, no sólo los de su contrato más largo".

El ICASS deberá indemnizar a una trabajadora a la que se reconoce como indefinida no fija
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