CORONAVIRUS

Esto es lo que puedes y no puedes hacer si te mueves entre municipios limítrofes

Esto es lo que se puede y no se puede hacer durante el confinamiento de los municipios

Sigue la confusión entre los habitantes de Cantabria para realizar la movilidad entre los municipios limítrofes, así como por toda Cantabria.

Primero, para poder salir de tu municipio tienes que tenerlo debidamente justificado, y solo será posible para:

  • Comprar productos de alimentación y de primera necesidad que no se pueden adquirir en el municipio de residencia. Es decir, si en tu municipio hay un supermercado con productos de alimentación y demás no podrás salir a la adquisición de los mismos a otro municipio.
  • Recolección en huertos: Si tienes una huerta en el municipio limítrofe y te pertenece legalmente podrás acudir a mantener dichas plantaciones.
  • Atención de animales y compra de sus alimentos: Si los animales están a tu nombre, o la persona propietaria certifica que tú te encargas de ellos, podrás acudir a atenderlos. Además, si en tu municipio no hay un lugar para la compra de su comida, podrás acudir al municipio limítrofe.
  • Práctica de cualquier deporte o actividad física individual, saliendo desde tu municipio y acabando en él, y nunca comenzando la actividad en el lugar limítrofe. Solo puedes finalizar tu actividad en el municipio limítrofe si sufres alguna lesión o percance. No podrás trasladarte en ningún vehículo a un municipio limítrofe para practicar actividades como surf o golf, ya que estos dos deportes, por ejemplo, solo lo pueden realizar los residentes en el muncipio.
  • Acudir al centro de trabajo.
  • Acceder a centros sanitarios, es decir, si tu centro está en otro municipio o tienes que acudir a un lugar como Valdecilla o Sierrallana, entre otros.
  • Acceder a centros educativos, incluidas las academias que imparten enseñanzas no regladas y las autoescuelas.
  • Retorno al lugar de residencia.
  • Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables. Para acudir deberás tener un justificante que lo acredite.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros. Es decir, si en tu municipio no hay la entidad financiera a la que sueles acudir podrás ir al limítrofe.
  • Desplazamiento a estaciones de repostaje. Si en tu municipio no hay una estación de repostaje podrás ir al limítrofe, pero si la hay no podrás salir del municipio.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales. Todo deberá estar con justificación Renovación de permisos y documentación oficial o trámite administrativos inaplazables. Todo deberá estar con justificación.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales. Todo deberá estar con justificación.
  • Actividades de caza mayor para evitar la sobreabundancia de especies cinegéticas que causen daños en los ecosistemas, los ciclos productivos de la africultura, en la ganadería y en la seguridad vial. Es decir, está permitido cazar en los lugares habilitados de toda Cantabria.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.