jueves. 28.03.2024

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nula la figura de las autorizaciones provisionales, incorporada en la pasada legislatura a la Ley del Suelo de Cantabria con el fin de evitar la demolición de edificios con sentencia de derribo en tanto se tramitaban nuevos planeamientos urbanísticos que legalizaran los inmuebles.

En su sentencia, el TC considera que el efecto suspensivo que la reforma de la Ley del Suelo atribuye a la autorización provisional hace que el órgano judicial pierda el control de la ejecución de sus propias resoluciones.

"Es indudable que la regulación autonómica crea una causa de suspensión que los órganos judiciales, al estar prevista en norma con rango de ley, no pueden eludir y que merma la competencia que para la ejecución de las sentencias les corresponde", señala el Constitucional.

De esta forma, el TC estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) tras la aprobación de la primera autorización provisional, la relativa al edificio Las Torres de Escalante.

Posteriormente se han presentado varias cuestiones de inconstitucionalidad en el mismo sentido -una por cada autorización provisional tramitada en los órganos judiciales-, que han sido sucesivamente admitidas a trámite por el TC, pero esta es la primera que se resuelve, y lo hace en sentido desfavorable a los postulados de las instituciones cántabras.

En su cuestión de inconstitucionalidad, el TSJC señalaba que la figura de las autorizaciones provisionales lo que hace es "evitar provisionalmente la demolición" y suspender las ejecuciones judiciales mientras se tramitan los nuevos planes que tienen por objeto, "más que ordenar el territorio, servir al interés general, evitar la especulación y repartir las plusvalías", legalizar edificios que tienen, a veces desde hace más de 15 años, sentencias de derribo.

En el procedimiento se han personado el Gobierno de Cantabria, el Parlamento y el Ayuntamiento de Escalante. También han intervenido el Fiscal General del Estado y el Abogado del Estado, que al contrario que los anteriores, comparten el criterio del TSJC y consideran que la figura de las autorizaciones provisionales, en la medida que suspenden la ejecución de demoliciones ordenadas judicialmente, "constituye regulación procesal e invade las competencias estatales".

Anulación de un inciso

El artículo cuestionado indica que, iniciado el procedimiento de modificación o revisión de los planes urbanísticos y demás instrumentos de planeamiento, "y para impedir que se generen perjuicios irreparables al interés público o a los propietarios de edificaciones o actuaciones que, habiendo sido previamente declaradas ilegales y sobre las que hubiesen recaído órdenes de demolición administrativas o judiciales" puedan resultar conformes con la nueva ordenación que se está tramitando, el órgano municipal competente para aprobar inicialmente el plan podrá otorgar, de oficio o a instancia de los interesados, autorizaciones provisionales.

La sentencia del TC, fechada el 30 de noviembre, únicamente declara inconstitucional y nulo el inciso "o judiciales" del citado artículo.

La norma señala que durante el tiempo en que las autorizaciones provisionales desplieguen sus efectos, esas edificaciones o actuaciones se mantendrán en la situación en que se encuentren y quedan en régimen de fuera de ordenación.

Asimismo, especifica que las autorizaciones provisionales se extinguirán cuando se obtiene nueva licencia de obra que legaliza de forma definitiva la situación; cuando resulten contrarias a lo aprobado posteriormente en la aprobación inicial, provisional o definitiva del instrumento de planeamiento, o cuando transcurran cuatro años desde su otorgamiento.

Un 'palo' para los afectados

Las reacciones desde el Gobierno de Cantabria han llegado de la mano de la vicepresidenta, Eva Díaz Tezanos, y del presidente, Miguel Ángel Revilla, quien ha considerado que la sentencia del Tribunal Constitucional es "un palo para los afectados y para Cantabria".

Revilla ha indicado a preguntas de la prensa que la sentencia será estudiada por los Servicios Jurídicos del Gobierno regional para "ver qué hacemos" porque, ha avanzado, habrá que "pensar en una solución distinta" para evitar el derribo de más de 400 viviendas.

El presidente regional y líder del PRC ha recordado que la incorporación de esta figura en la Ley del Suelo, aprobada en el Parlamento en 2013, "la impulsó el PP" pero fue aprobada por la mayoría de la Cámara (PP y PRC votaron a favor y el PSOE se abstuvo).

"Entendíamos que en esos lugares donde en los planes urbanísticos va la legalización de la construcción pues pensábamos que los tribunales podían hacer un aplazamiento hasta que estos planes estuvieran aprobados", ha explicado Revilla.

Sin embargo, ha lamentado que el TC dice que las autorizaciones provisionales "están en una vía judicial en la que desde las instituciones públicas no tenemos competencia para inmiscuirnos" pero ha asegurado que, como no puede ser de otra forma, se acatará la sentencia.

Por su parte, Díaz Tezanos ha asegurado que, aunque aún no ha analizado en profundidad la sentencia conocida este jueves, el Gobierno "lo primero que va a hacer es proteger a las familias". "Ese es el objetivo que tenemos", ha dicho, al tiempo que ha avanzado que desde el Ejecutivo se van a poner en contacto con la Asociación de Maltratados por la Administración (AMA), que aglutina a los afectados, para abordar el asunto.

Pero ha indicado que, al mismo tiempo, el Ejecutivo se va a poner "a disposición" y a va a "atender" lo que dicten los tribunales.

Tras ello, ha señalado que la sentencia del Constitucional "viene a dar la razón a la postura que mantuvimos los socialistas cuando se debatió está ley, porque nosotros decíamos que había serias dudas de que fuera una ley constitucional".

En este sentido, ha considerado que quien "tiene que dar una explicación profunda es el PP" y principalmente el expresidente regional Ignacio Diego y el exconsejero de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio, Javier Fernández.

A su juicio, "han actuado pensando que podían saltar por encima de las sentencias de los tribunales y que podían conculcar el principio de distribución de competencias que tiene que haber entre el poder ejecutivo y el judicial".

Declarada nula e inconstitucional la figura de las autorizaciones provisionales
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