jueves. 25.04.2024

La mujer condenada a dos años de cárcel por apropiarse de patrimonio de su madre, en estado de dependencia severo y deterioro cognitivo moderado, ha recurrido la sentencia, de la Audiencia Provincial de Cantabria, ante el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma.

El fallo, de la Sección Tercera de la AP, considera a la procesada autora de un delito continuado de apropiación indebida, por lo que también le imponía el pago de 19.000 euros a su progenitora.

La resolución de instancia, recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, considera probado que la enjuiciada, que negó los hechos en la vista oral, decidió "con ánimo de obtener un beneficio ilícito" llevarse en agosto de 2015 a su casa de Castro Urdiales a su madre, con la que no tenía contacto desde 2013, con el pretexto de pasar unos días de vacaciones.

Sin embargo, la situación de convivencia perduró hasta diciembre de 2017, y durante ese tiempo, extrajo, hasta en 53 ocasiones, un total de 38.951 euros de dos cuentas bancarias de su progenitora, aprovechando que figuraba en ellas como titular. De esa cantidad, la Audiencia consideró justificados 19.900 euros en concepto de gastos para atender a la madre, tales como una cuidadora, alimentos, higiene o medicamentos.

Sin embargo, el tribunal absolvió a la implicada del delito de estafa que le imputaba la acusación particular, ejercida por uno de sus hermanos y por el que pedía cuatro años de cárcel y casi 39.000 euros de indemnización, al considerar que no concurrían las circunstancias para calificarlo como tal, entre otras el engaño. No obstante, tras la vista, la acusación particular introdujo la calificación alternativa de lo ocurrido como delito continuado de apropiación indebida, pero interesando las mismas penas.

La de prisión impuesta coincide con la solicitada por la fiscal por un delito continuado de apropiación indebida, así como una indemnización de 28.843 euros a la perjudicada. De su lado, la defensa pedía la libre absolución de su patrocinada, que se acogió en el juicio a su derecho a no declarar a las partes, aunque sí ejercitó el de la última palabra, para asegurar que no había "quitado nunca nada, ni dinero ni nada".

La condenada a dos años por apropiarse de dinero de su madre dependiente recurre la...
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