miércoles. 24.04.2024

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a ocho años y medio de prisión y al pago de una multa de 8.570 euros a una mujer, apoderada de una cooperativa y que ejercía como gerente de la misma en Santander, por apropiarse entre 2010 y 2018 de 436.375 euros y de una cantidad similar a determinar en ejecución de sentencia.

En una sentencia recientemente notificada, la Sección Tercera de la Audiencia la considera autora de dos delitos continuados: apropiación indebida y falsedad contable y, además de las penas de prisión y multa, le impone el pago de una indemnización a favor de la cooperativa por importe de las cantidades detraídas ilícitamente.

Según los hechos probados, la acusada, aprovechándose de la confianza y responsabilidad de las que gozaba, se apoderó en numerosas ocasiones de dinero de la caja de la sociedad que incorporó a su patrimonio de forma paulatina, y para evitar que los responsables de la cooperativa se percatasen modificó "en multitud de ocasiones la contabilidad de la sociedad a través de la aplicación informática".¡ Así, en ocasiones introdujo modificaciones en asientos contables que reflejaban pagos "que no respondían a operaciones reales" y, en otras, modificó asientos contables que respondían a operaciones reales alterando su importe "para hacer constar cantidades mucho mayores".

Esas alteraciones se trasladaron a los libros mayores de la sociedad y a las cuentas sociales, "que reflejaron unos gastos de la sociedad mucho mayores que los realmente producidos en cada ejercicio".

Para acreditar los hechos, se ha tenido en cuenta la abundante prueba testifical practicada, de la que se desprende que la acusada llevaba todo el tema administrativo de la cooperativa a nivel nacional, ya que no había ninguna persona con mayor responsabilidad en la materia.

A juicio del tribunal, ha quedado acreditado de manera "contundente" que era la única persona que se encargaba de la llevanza de la caja y de la contabilidad de la cooperativa, y la única que accedía, con el número de usuario a ella asignado, a la aplicación informática de gestión contable de la organización. "Ello ya nos adelanta que la única persona que podía apoderarse del dinero de la caja por ella gestionada y manipular los datos contables para disimular dichos apoderamientos era la acusada", señala la sentencia, que descarta la existencia de alternativas que pudieran explicar que los apoderamientos y la manipulación contable fuera atribuible a una tercera persona no conocida.

El tribunal también se apoya en los informes periciales aportados, entre ellos el de un perito contable que concluye que entre los años 2010 y 2018 se produjeron irregularidades por importe de 861.300 euros con el fin de justificar salidas fraudulentas de efectivo.

Para ello, se emplearon dos procedimientos consistentes en utilizar utilizaba un asiento contable ya existente y sobre él se grababan salidas por caja de gastos ficticios, y en la modificación de facturas que elaboraba la compañía para que figurara un importe superior, método por el cual la cantidad detraída asciende a 436.375 euros.

Teniendo en cuenta este informe, en la sentencia establece que la condenada indemnice a la cooperativa en dicha cantidad, que ha podido ser determinada tras analizar la totalidad de los asientos contables que estaban alterados por este segundo procedimiento.

Además, se establece que en ejecución de sentencia se deberá elaborar un nuevo informe pericial que analice todos los asientos contables alterados por el primer procedimiento, de modo que se pueda concretar la cantidad real apropiada de esa forma.

No obstante, se limita la cantidad a indemnizar por lo detraído con este primer procedimiento en 424.425 euros, que es lo solicitado por las acusaciones.

Finalmente, el tribunal descarta la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas que solicitaba la defensa, ya que no se puede apreciar "ni por la excesiva duración del procedimiento, que pese a su complejidad se ha tramitado en apenas tres años, ni por la existencia de paralizaciones injustificadas o de diligencias inútiles".

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Ocho años y medio de cárcel a la gerente de una cooperativa por apropiación indebida y...
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