DERECHOS HUMANOS
Derecho a la intimidad
20 de diciembre de 2020 (12:18 h.)
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.