jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado la medida cautelar solicitada por el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Santander contra la modificación del Reglamento de Pleno que permite la creación de comisiones de investigación como la de basuras.

La Sala, que no entra en el fondo del asunto, considera que no es posible acordar la suspensión cautelar "fundada en un perjuicio que no se acredita", pues "cualquier iniciativa de aplicación del acuerdo impugnado puede ser objeto de recurso contencioso administrativo con la consiguiente adopción de medida cautelar si fuere el caso".

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que impone las costas al Ayuntamiento, está fechada el 30 de mayo y contra ella cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días.

En este sentido, fuentes municipales del PP han informado a Europa Press que, pese a la fecha del auto, la firma electrónica es del 20 de junio y se ha notificado hoy a los interesados, por lo que todavía no ha finalizado el plazo de cinco días para poder interponer recurso.

Los once concejales populares de Santander, incluida la alcaldesa, Gema Igual, interpusieron recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Pleno celebrado el 23 de diciembre del año pasado por el que se modificaba el Reglamento del Pleno para permitir la creación de comisiones de investigación, que fue apoyado por el resto de los grupos políticos de la Corporación: PSOE, PRC, Unidas por Santander, Vox y Ciudadanos, socio del PP en el equipo de Gobierno.

El PP interpuso recurso contencioso-administrativo contra la modificación del artículo 60 del Reglamento Orgánico, argumentando que el acuerdo se adoptó "pese al informe desfavorable del secretario municipal, al apreciar que podía ser nulo de pleno derecho". Además, los populares solicitaron la adopción de una medida cautelar suspendiendo, hasta que se dicte sentencia, la eficacia de este acuerdo.

En el primer acuerdo del Pleno de Santander recurrido desde el propio partido en el gobierno, el PP fundamentaba la solicitud de medida cautelar en la "manifiesta nulidad de pleno derecho del acuerdo impugnado" por la "infracción palmaria del procedimiento de aprobación que decanta su concesión previa ponderación de los intereses en conflicto".

Igualmente se remitía al informe del secretario del Pleno advirtiendo de la "ilegalidad" por el incumplimiento de las normas de elaboración de las disposiciones de carácter general --como la modificación del artículo 60 del Reglamento--, así como a los "efectos perversos irreparables" de permitir la celebración de comisiones de investigación "cuya regulación es nula de pleno derecho pues afecta al
interés general", entre otros.

Sin embargo, en el auto, la Sala recuerda su criterio de que la suspensión de la ejecutividad de los actos recurridos es "una medida provisional establecida para garantizar la efectividad de la sentencia que en su día pueda recaer en el proceso principal".

Respecto a la posibilidad de que la nulidad de pleno derecho pueda justificar la suspensión, el Tribunal considera que dicha suspensión no es el trámite idóneo para decidir la cuestión objeto del pleito que ha de resolverse en el proceso principal.

Además, el TSJC esgrime que la suspensión de la ejecución de una disposición de carácter general "supone un grave perjuicio del interés público" y solo en caso de "grave daño individual" cabe su suspensión.

EL PP RECUERDA QUE NO HAY PRONUNCIAMIENTO SOBRE EL RECURSO

Por su parte, el Grupo Popular en el Ayuntamiento ha explicado que el auto "únicamente" desestima la medida cautelar que se pidió en tanto en cuanto hay un pronunciamiento sobre el recurso contencioso interpuesto contra la modificación del Reglamento "en contra del informe del secretario general del Pleno".

Y esto lo hace, precisa, porque la modificación del Reglamento por sí misma no produce ningún efecto hasta que no se adopte algún acuerdo expreso como consecuencia de dicha modificación, "dejando la puerta abierta el propio auto a que la medida cautelar se solicite contra dichos acuerdos".

Desestimada la medida cautelar de la creación de comisiones de investigación, que abre...
Comentarios