viernes. 29.03.2024

Los juzgados de violencia de género de Cantabria atendieron durante el primer trimestre de este año a un total de 519 mujeres. Además, las denuncias recibidas ascendieron a 521, lo que supone un incremento del 20,3% respecto al mismo periodo de 2017.

Ese medio millar de mujeres que figuran como víctimas representan a 17,38 de cada 10.000 mujeres que residen en Cantabria, una ratio superior a la registrada por la media nacional, que en el primer trimestre de este año de es 15,89.

Además, durante este primer trimestre se adoptaron 53 órdenes y medidas de protección y fueron enjuiciados 62 hombres, el 92,32% condenados. De ellos, dos eran menores de edad (16 y 17 años).

Esto son los datos que se desprenden del informe trimestral que difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que este viernes se ha dado a conocer con información relativa al primer trimestre de 2018.

LA PROPIA VÍCTIMA ES LA PRINCIPAL DEMANDANTE

En el incremento del número de denuncias tienen un papel relevante las presentadas por la propia víctima (266), mientras que otras 196 lo fueron por servicios asistenciales y terceras personas, veinte por intervención policial, 36 por parte de lesiones remitidos por los servicios sanitarios y tres por denuncia de familiar.

En diez casos la víctima era menor de edad

En 32 casos, la víctima se acogió a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que supone una disminución del 8,6% respecto a las que lo hicieron en el primer trimestre de un año antes. Estas 32 mujeres apenas representan el 6,2% del total de mujeres que figuran como víctimas, porcentaje inferior al registrado por la media nacional, del 11,2%, según el CGPJ.

Desde el año 2015, el Observatorio sustituyó entre sus datos estadísticos la cifra de renuncias por la de víctimas que se acogen a la dispensa a la obligación legal de declarar, por entender que se trata de un parámetro más acorde a la realidad toda vez que en los procedimientos de violencia de género la Fiscalía siempre actúa de oficio, por lo que la renuncia de la víctima no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial.

RELACIÓN ENTRE LA DENUNCIANTE Y EL DENUNCIADO

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas, la mujer era española y mayor de edad (71 ocasiones). En otras seis se trataba de mujeres extranjeras mayores de edad. En diez casos la víctima era menor de edad. En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección solicitadas, 71 eran españoles y 16 extranjeros.

A lo largo del primer trimestre, fueron enjuiciados 62 hombres por violencia de género y fueron condenados 56, esto es, el 92,32% del total que comparecieron a juicio.

Del número total de enjuiciados, dos eran menores españoles (16 y 17 años) que comparecieron en el Juzgado de Menores de Santander y a los que se les impusieron medidas por conductas tipificadas como delito.

Por otro lado, al analizar la relación que existía entre la denunciante y el denunciado en el momento de producirse la supuesta agresión, en el 53% de las ocasiones eran matrimonio o tenían una relación afectiva, mientras que en el 47% de los casos el vínculo ya estaba disuelto.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN

En el primer trimestre de este año se solicitaron en los órganos judiciales de Cantabria 87 órdenes y medidas de protección. Esta cifra recoge las órdenes de protección y las medidas de protección y seguridad contempladas en el artículo 544ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige escuchar al presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis-precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de escuchar al denunciado.

De esas 87 medidas y órdenes de protección solicitadas, los jueces acordaron 53, lo que representa el 61% de todas las pedidas. A nivel nacional, se adoptaron el 69% de las solicitadas.

Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 176 medidas judiciales: 133 de carácter penal y 43 de tipo civil. Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (50) y la prohibición de comunicación (46), seguidas de la suspensión de la tenencia y uso de armas (31).

Además, se acordó la privación de libertad en dos ocasiones, las mismas que la prohibición de volver al lugar del delito y la salida del domicilio.

Entre las medidas civiles acordadas, quince fueron sobre prestación de alimentos, catorce sobre atribución de vivienda y doce sobre suspensión de guarda y custodia. Además, en una ocasión se suspendió el régimen de visitas.

DELITOS DE MALOS TRATOS

A lo largo del pasado año, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron un total de 639 asuntos, de los que 193 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido y 19 fueron por delitos leves. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado, los procedimientos de instrucción más habituales. No se inició ningún procedimiento por jurado ni por sumario, los empleados para enjuiciar los delitos más graves.

En el 53% de las ocasiones eran matrimonio o tenían una relación afectiva

i se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (172) se referían a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.

Otros 76 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.

Además, en otros 19 casos se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA

Por otro lado, los juzgados de violencia de Cantabria tramitaron 205 asuntos por quebrantamiento de condena, 34 por quebrantamiento de una medida cautelar, 35 por delito contra la libertad, cuatro por delito contra la integridad moral, dos por delito contra el honor, y uno por delito contra la libertad y la indemnidad sexual, otro contra la intimidad y otro contra los derechos y los deberes familiares.

En cuanto a los delitos leves, se registraron 14 procedimientos por injurias y uno por vejaciones injustas.

Por último, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género también dieron lugar a la apertura de 64 procedimientos civiles, de los que 27 eran de divorcio, 18 sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos nacidos fuera del matrimonio, y 17 sobre modificación de medidas acordadas en sentencias de disolución matrimonial.

Las denuncias de violencia de género atendidas por los juzgados cántabros crecen un 20%