viernes. 29.03.2024

Son muchos, por no decir todos, los partidos políticos que defienden la necesidad de llevar a cabo una reforma legislativa para suprimir los aforamientos, un privilegio que “carece totalmente de sentido”. Sin embargo, a la hora de llevar a cabo dicha reforma las formaciones tienden a retrasar la decisión o justificar la negativa. Algunos partidos, por el contrario, sí están llevando a cabo iniciativas, y en Cantabria ha sido Podemos la formación que ha dado el primer paso para lograr esta supresión.

Los podemitas han presentado al resto de partidos en el Parlamento de Cantabria un primer borrador de la proposición de ley para modificar en algunos puntos el Estatuto de Autonomía respecto a la figura del aforamiento. El diputado de la formación morada, Alberto Bolado, entiende que su iniciativa, que necesita de 12 diputados para poder registrarse, “contará con el apoyo unánime de los grupos” a tenor de lo que todos han manifestado en diferentes ocasiones.

Como ha explicado Bolado, los artículos que deberían ser suprimidos son el art. 11.1 y el art. 20, manteniendo intacto el resto del Estatuto. Aunque el diputado ha reconocido que en el momento de su creación el aforamiento podía ser necesario por “el momento histórico y la necesidad de proteger y garantizar que los nuevos mecanismos democráticos pervivieran”, como se recoge en la exposición de motivos, la realidad es que actualmente es “claramente anacrónica”.

“Existe una demanda y un consenso social” respecto a esta figura, ha asegurado Alberto Bolado

Según ha detallado, en estos artículos se establece que la decisión sobre la inculpación, prisión, procesamiento y juicio de los diputados del Parlamento de Cantabria, el presidente regional y los integrantes del Gobierno autonómico en relación con los presuntos actos delictivos que hayan podido cometer dentro del territorio autonómico, le corresponde al Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma.

Fuera de dicho territorio la responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Demanda social

Para Podemos la unanimidad en torno a este punto facilitará la aprobación del texto. Como ha recordado Bolado, en el Pleno del 3 de noviembre de 2015 existió unanimidad para rechazar el aforamiento, por lo que lograr el apoyo para el siguiente paso, que es formalizar ese rechazo, no debería suponer un problema.

“Existe una demanda y un consenso social” respecto a esta figura, ha asegurado el diputado de Podemos Cantabria en rueda de prensa, en la que ha estado acompañado por José Ramón Blanco, y es por eso por lo que “presentamos esta iniciativa”.

Podemos ha advertido que “no se debe recurrir a excusas inmovilistas como que hay que reformar antes la Constitución”

A su juicio, “la ciudadanía no entiende que se vulnere el derecho de igualdad a través de la quiebra del derecho al juez natural predeterminado por la ley”, creando una distinción ante la Justicia entre los ciudadanos de a pie y los cargos públicos. Asimismo, supone un cuestionamiento de los jueces “que hacen una labor fundamental y adecuadamente”.

Excusas inmovilistas

Bolado también ha advertido que “no se debe recurrir a excusas inmovilistas como que hay que reformar antes la Constitución”. Según ha explicado el diputado podemita, abogado de profesión, desde un punto de vista jurídico nada impide que “se pueda reformar el Estatuto de Autonomía” previamente a la Constitución, sobre todo con un Congreso en la situación actual.

Según ha opinado, solo inmovilismo podría plantear el retraso de esta reforma parcial y concreta.

Proceso en el Parlamento

Según recoge el Estatuto de Autonomía de Cantabria, en el artículo 58, se establece que la iniciativa de la reforma corresponderá al Gobierno o al Parlamento "a propuesta de un tercio de sus miembros", o a las Cortes Generales, lo que implica que necesita el apoyo de esos doce diputados.

Una vez registrada, la propuesta de reforma requerirá, en todo caso, la aprobación del Parlamento de Cantabria, por mayoría de dos tercios, y la aprobación de las Cortes Generales, mediante ley orgánica.

También se establece que si la propuesta de reforma no es aprobada por el Parlamento de Cantabria o por las Cortes Generales, no podrá ser sometida nuevamente a debate o votación por el Parlamento hasta que haya transcurrido un año.

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