jueves. 28.03.2024

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado el real decreto por el que se prorroga del estado de alarma hasta las 00:00 horas del 7 de junio. La prórroga del estado de alarma ha sido aprobada este viernes por el Consejo de Ministros tras ser aprobada en el Congreso de los Diputados. Con esta nueva publicación, el Ejecutivo mantiene la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. El texto habilita al ministro de Sanidad, Salvador Illa, en su condición de autoridad competente delegada a concretar las medidas que deban aplicarse en el proceso de desescalada, en un marco de cogobernanza.

La nueva prórroga del estado de alarma precisa que el ministro de Sanidad será únicamente la autoridad competente delegada para el ejercicio de las funciones derivadas del estado de alarma, bajo la superior dirección del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y con arreglo al principio de cooperación con las comunidades autónomas. Por ello, con la nueva orden dejan de tener esa condición la ministra de Defensa, Margarita Robles; el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska; y el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos.

En cuanto a la movilidad, la publicación determina que, en el marco de las decisiones que se adopten sobre la progresión de las medidas de desescalada, las personas podrán desplazarse por la provincia, la isla o la unidad territorial de referencia en que se encuentren. Asimismo, el BOE establece que las administraciones educativas competentes podrán disponer la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, siempre que se acuerde la progresión a fase 2 o posterior en un determinado ámbito territorial. En este sentido, el documento destaca que las actividades educativas podrán mantenerse a través de las modalidades a distancia y 'online' "siempre que resulte posible".

Establece el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos a partir del 1 de junio

Por otra parte, la publicación refleja que el avance del Plan para la desescalada, con la consiguiente reactivación de la actividad económica, de la movilidad y de las necesidades de los ciudadanos de acceder a los servicios, tanto públicos como privados, "hace conveniente facilitar el normal desarrollo de los procedimientos administrativos y judiciales". De este modo, establece el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos a partir del 1 de junio y de los plazos procesales a partir del 4 de junio.

El Pleno del Congreso aprobó este miércoles la quinta prórroga del estado de alarma decretado por el Gobierno por la pandemia del coronavirus. Aunque alcanzó justo la mayoría absoluta, sumando 177 votos, esta nueva ampliación ha encontrado más oposición que nunca, pues el PP se ha pasado al 'bloque del No', donde ya estaban Vox y los independentistas de ERC y Junts, entre otros. Por ello, el 'bloque del No' marcó su cota más alta al sumar 162 votos. Se registraron también once abstenciones de Bildu, UPN, el Bloque Nacionalista Galego (BNG), Nueva Canarias y el diputado de Soberanistes que forma parte del grupo de ERC, Joan Josep Nuet.

El Ejecutivo decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo para poder adoptar medidas extraordinarias contra el Covid-19 y con ésta ya son cinco las ocasiones en las que el Congreso ha avalado la propuesta del Gobierno de ampliar esta situación excepcional, aunque, eso sí, cada vez con menos apoyos.

El BOE publica la prórroga del estado de alarma hasta el 7 de junio: estas son las...
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