viernes. 29.03.2024

El Juzgado de lo Social número 6 de Santander ha condenado a la empresa Soemca, encargada de un centro especial de empleo y perteneciente al Grupo Amica, por retirar los pluses salariales de estos trabajadores para "absorber" la subida del Salario Mínimo Interprofesional, complementos que tendrá que abonar. Así consta en una sentencia dictada esta semana que estima la demanda interpuesta por el sindicato USO y que afecta a más de 300 empleados con distintas discapacidades.

"El propio convenio colectivo declara el carácter no compensable, no absorbible", sentencia al respecto la magistrada

La resolución judicial considera probado que desde enero de 2019 la empresa procedió a "compensar y absorber" los complementos de antigüedad, de desarrollo y capacitación profesional, el de personal previsto en el convenio y el de productividad, fijando el salario que perciben los trabajadores en 900 euros al mes para ese año y en 950 euros mensuales para el 2020. Estos empleados venían percibiendo el SMI de 737 euros más varios complementos salariales que, sumados, alcanzaban una retribución por encima de los 950 euros.

Pero pese a la subida del salario mínimo interprofesional a 900 euros, los trabajadores siguieron cobrando la misma remuneración, al retirar la dirección de la empresa los complementos mediante una "compensación y absorción" de los mismos.

El sindicato USO, que preside el comité de empresa, denunció esta situación ante lo que consideró "un abuso y una grave discriminación" de personas con discapacidad, más cuando en el propio convenio colectivo viene recogido la imposibilidad de absorción o compensación de los pluses salariales.

La formación demandó a la empresa y la titular del Juzgado ha resuelto que "al complemento de antigüedad, al complemento de desarrollo de capacitación personal, al complemento personal y a la productividad no concurren el presupuesto de homogeneidad necesario para la compensación y absorción pretendida por la empresa demandada".

"El propio convenio colectivo declara el carácter no compensable, no absorbible", sentencia al respecto la magistrada, que al estimar la demanda de USO contra SOEMCA EMPLEO declara no absorbible ni compensables los complementos salariales. La sentencia no es firme, ya que contra la misma cabe interponer un recurso suplicación, aunque para ello la empresa debe consignar el importe total de los pluses dejados de abonar, cuantía que según USO sobrepasa el medio millón de euros.

La Federación de Enseñanza del sindicato, promotora de esta actuación jurídica, celebra esta sentencia y espera que "ponga fin" a la pérdida de derechos salariales de los trabajadores de AMICA, pues pertenecen a un colectivo, "especialmente sensible que debe ser protegido para que su incorporación a la vida laboral y social sea plena y con los mismos derechos". Asimismo espera que la dirección del centro especial de empleo abone las cantidades salariales dejadas de pagar a lo largo de 2019, 2020 y 2021.

Condenan a Amica por retirar los pluses salariales de más de 300 trabajadores con...
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