viernes. 19.04.2024

Internet, y sobre todo las redes sociales, han estado amparados por una especie de vacío legal en el que, aparentemente, podía criticarse, decirse y acusarse de lo que sea sin unas consecuencias penales definidas. Pero eso está cambiando. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ratifica la pena impuesta al activista Aitor Cuervo por un delito de enaltecimiento del terrorismo por sus mensajes en la red social Twitter.

Frases como “a mí no me da pena Miguel Ángel Blanco, me da pena la familia desahuciada por el banco"; "si Aznar regresa de pleno a la política activa, espero que ETA lo haga también" o "tengo la botella de champán preparada para el día que se retome la lucha armada", hasta un total de 13 mensajes, son los responsables de que el Alto Tribunal considere, dos años y medio después de su detención, que no hay motivo para fallar de forma diferente a la Audiencia Nacional.

Es el motivo aludido por el Supremo lo que puede ser más importante: según la sentencia, el derecho fundamental a la libertad de expresión no ampara a las manifestaciones de odio en ningún ámbito, tampoco en las redes sociales de Internet.

El derecho fundamental a la libertad de expresión no ampara a las manifestaciones de odio en ningún ámbito, tampoco en las redes sociales

Y es que ese fue el argumento de la defensa del astorgano, que entendía que se vulneraban los derechos constitucionales a la libertad ideológica y expresión.

La Sala de lo Penal del Supremo desestima ahora la apelación, recordando que "el ejercicio de esos derechos cuenta también con barreras, mínimas y lejanas; pero barreras". Y en concreto entre estos límites, cita "el respeto a otros" y la "prohibición de alabanza de actividades terroristas que aliente un clima favorable a su reproducción".

"Objetivamente las frases encierran esa carga ofensiva para algunas víctimas y laudatoria y estimuladora del terrorismo que a nadie escapa. Las explicaciones a posteriori no tienen capacidad para desvirtuarlas", afirma categórico el Supremo en su auto.

En Internet no vale todo: el Supremo confirma que la libertad de expresión no ampara...
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