viernes. 29.03.2024

Agentes de la Policía Foral adscritos a la Brigada de Protección Medioambiental han imputado recientemente a un vecino de Tudela de 45 años como presunto autor de un delito de tráfico de especies protegidas de fauna silvestre. Se trata de la segunda imputación por comerciar con este tipo de animales en lo que va de año.

Los hechos se descubrieron en un control rutinario de tráfico en las proximidades de Tudela, establecido con motivo de las vacaciones de Semana Santa. Los agentes dieron el alto a un turismo y descubrieron que portaba un oso naturalizado en el maletero, cubierto con una manta.

En ese momento, solicitaron el apoyo de la unidad especializada de Policía Foral, el Grupo de Investigación Medioambiental (GIA), cuyos miembros comprobaron que se trataba de un ejemplar de oso negro americano (ursus americanus). Al ser una especie protegida, procedieron a imputar a su propietario por un presunto delito contra la fauna.

El ejemplar fue intervenido y quedó en dependencias policiales a disposición del Juzgado de 1º Instancia e Instrucción número 3 de Tudela, que se ocupa de las diligencias.

NORMATIVA

El ursus americanus habita exclusivamente en Norteamérica, en zonas templadas y frías. Su potencial área de distribución abarca desde el límite de la vegetación boreal al norte de Alaska, hasta la región central-occidental de México.

Se considera incluido dentro del Anexo B del Reglamento Comunitario 338/97 relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio. Este reglamento supone la aplicación en Europa de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) firmada en Washington el 3 de marzo de 1973, de la que España es país signatario desde el 16 de mayo de 1986.

Además, los hechos imputados se encuentran recogidos en el artículo 334 del Código Penal: “Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general:

a) cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies protegidas de fauna silvestre;
b) trafique con ellas, sus partes o derivados de las mismas; o,
c) realice actividades que impidan o dificulten su reproducción o migración”.

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