viernes. 29.03.2024

Liberbank recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que ha declarado nulas, por un defecto formal, las medidas unilaterales laborales aplicadas en junio de 2013 por la entidad y que fueron sustituidas en diciembre de ese mismo año por el acuerdo vigente, ratificado por sentencia del Alto Tribunal y suscrito con la mayoría de la representación sindical, informaron a Europa Press en fuentes del banco.

La sentencia de la Audiencia no es provisionalmente ejecutable, por lo que la resolución definitiva respecto a las citadas medidas unilaterales de modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo (suspensión de contratos, reducciones de jornada y disminución salarial, principalmente), aún se demorará varias meses. Se trata del único fleco pendiente de todo el conflicto laboral en Liberbank.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima una de las causas de nulidad planteada por los sindicatos CSI, CSICA y STC, relativa al defecto de la no entrega de la documentación económica del primer trimestre de 2013 en el periodo de consultas y, como alternativa, no haber alargado dicho periodo de consultas, y ordena la reposición a los trabajadores a la situación previa a la aplicación de estas medidas.

Tanto para el acuerdo laboral de junio de 2013 como para el posterior y vigente acuerdo de diciembre de 2013, dichas cuentas del primer trimestre fueron aportadas y asumidas como causa de las medidas y de su proporcionalidad.

Las medidas unilaterales adoptadas en junio de 2013 por el banco que dirige Manuel Menéndez fueron sustituidas por el acuerdo de diciembre del mismo año con los sindicatos mayoritarios, que fue anulado por los tribunales por vulneración del derecho, en su vertiente instrumental, de negociación de algunos sindicatos minoritarios.

El debate final sobre la cuestión respecto a la que ha dictado sentencia la Audiencia Nacional es si las medidas estaban vigentes entre junio de 2013 y diciembre de 2013, cuando fue acordado el ERTE vigente en Liberbank, o si para ese periodo no regían ningunas medidas laborales restrictivas.

El Supremo anula las medidas laborales de Liberbank tomadas de forma unilateral en 2013
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