martes. 19.03.2024

Todos aquellos deportistas que en el año 2020 hayan estado en ERTE como consecuencia del estado de alarma, tendrán obligación de realizar la declaración de la renta a partir del 7 de abril al haber tenido 2 pagadores: su club y el SEPE.

Es el caso de un deportista que milita en un equipo que, por ejemplo, cobra 1.200 euros mensuales en doce pagas; en total 14.000 euros al año y no tiene más ingresos, hasta este año no tenía obligación de presentar la declaración de la renta pues sus ingresos anuales no llegaban a los 22.000 euros del límite establecido para la obligatoriedad de realizar la declaración. 

Esta situación es extensiva a todo aquel trabajador de cualquier actividad laboral que haya estado en ERTE

Pero en el año 2020, si has estado en ERTE, tienes que presentar declaración. Y como el SEPE no te ha retenido ninguna cantidad y tu club, si te ha practicado retenciones éstas han sido mínimas, la declaración de la renta te va a resultar positiva, esto es, a pagar. Esta situación es extensiva no solo a los deportistas sino a todo aquel trabajador de cualquier actividad laboral que haya estado en ERTE. 

Si bien es cierto que el Ministerio de Hacienda prevé aprobar en los próximos días un cambio normativo para permitir fraccionar el pago del IRPF durante seis meses y sin el cargo de intereses a los afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), recomendamos a todos los contribuyentes revisar el borrador que envía Hacienda con su Gestoría de confianza.
 

Repercusión de los ERTEs en la campaña de la Renta 2020
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