jueves. 28.03.2024

La Campaña de la Renta 2016 comenzaba el pasado 5 de abril con la desaparición del Programa Padre como principal novedad. Y como todos los años, son miles de personas las que deben superar numerosos problemas para poder hacer la declaración de forma correcta y sacar el máximo partido a esta cita con la Agencia Tributaria. Este proceso puede llegar a resultar engorroso y puede llevar a los usuarios a no lograr el mejor rendimiento, por lo que muchas veces es conveniente contar con consejos e información de profesionales expertos en estas materias.

Pero, ¿cuáles son estos consejos? ¿Qué errores deben evitarse en la declaración de la Renta? José Miguel Madrid, socio y responsable del área de IRPF de Gestisa, ofrece algunas claves. La empresa, constituida en 1979, cuenta con más de 50 empleados que asesoran en el campo fiscal, laboral, contable, del derecho, de la selección de personal, la consultoría de empresa, la tramitación de subvenciones y un largo etc.

¿Cuáles son los plazos de presentación de la declaración?

Hay que verificar siempre que los datos son correctos porque, en muchas ocasiones, hay errores que no se aprecian

Comenzó el pasado día 5 de abril y se extiende hasta el 30 de junio. En el caso de que el resultado fuera “a ingresar”, si se quiere domiciliar el pago, el plazo acaba el 26 de junio. Este año se mantiene la posibilidad de fraccionar el mismo, con un pago inicial del 60% y un 2º plazo del 40% restante, hasta el día 5 de noviembre.

¿Cuáles son las principales novedades de cara a esta campaña de la renta?

Se trata de un año en el que no se han producido cambios de significativos. El más relevante es la desaparición del PROGRAMA PADRE que ha sido sustituido por la nueva aplicación RENTA-WEB. Por otro lado, en relación con la problemática de las cláusulas suelo, se han introducido modificaciones en la Ley, para regular como tributan los afectados por sentencias o acuerdos extrajudiciales. A esto, hay que añadir una pequeña modificación en la exención de los rendimientos de trabajo en especie, relacionada con el pago de primas por seguros médicos a empleados y familiares discapacitados (nuevo límite exento de 1.500 euros). Cabe recordar que desde el 1 de enero de 2016, todas las sociedades civiles que tengan personalidad jurídica y objeto mercantil, ya no tributan en el IRPF y pasarán a hacerlo en el Impuesto sobre sociedades (salvo las que se disolvieron en el primer semestre, acogiéndose al régimen transitorio). Por último, recordar que los residentes en Cantabria, continuamos disfrutando de las deducciones por alquiler de vivienda habitual, gastos médicos y por obras de mejora en viviendas.

Los residentes en Cantabria continuamos disfrutando de las deducciones por alquiler de vivienda habitual, gastos médicos y por obras de mejora en viviendas

¿Qué consejo dan a los usuarios?

Es muy importante que no se confirme el borrador sin revisarlo. Hay que verificar siempre que los datos son correctos porque, en muchas ocasiones, hay errores que no se aprecian. Además, hay que comprobar que la opción escogida por el sistema (conjunta o individual), es la que más nos conviene. Por ejemplo, si nos equivocamos en la opción y eso perjudica nuestros intereses, la rectificación cuando el plazo de presentación de la declaración ha concluido, de acuerdo con el criterio administrativo, no sería posible. Además si entre los ingresos a declarar hay rendimientos  por alquileres, actividades económicas, ganancias o pérdidas patrimoniales o deducciones, la figura del asesor se hace imprescindible. Contar con un profesional experto evitará problemas y ayudará a aplicar todas la ventajas fiscales que la ley contempla.

Claves para sacar el máximo partido a la declaración de la Renta
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