jueves. 25.04.2024

La Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte ha convocado subvenciones por un total de 210.000 euros para la edición de libros en Cantabria -140.000 euros- y para la producción y edición audiovisual para profesionales -70.000 euros-.

De la primera convocatoria podrán ser beneficiarios los empresarios individuales o sociedades dedicadas al sector de la edición de libros que estén dadas de alta en subepígrafe el Impuesto de Actividades Económicas y que tengan su domicilio fiscal en Cantabria. El número de proyectos a subvencionar se limita a cinco por peticionario; y la cuantía individual, que será proporcional a la puntuación obtenida, no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cantidad de 10.000 euros. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde mañana martes, tras publicarse hoy lunes en el Boletín Oficial de Cantabria BOC) el extracto de la resolución.

El mismo plazo tiene la solicitud de subvenciones para la producción y edición audiovisual para profesionales. Podrán beneficiarse las personas físicas o personas jurídicas privadas con forma societaria, que tengan su domicilio fiscal en Cantabria, que desarrollen su actividad en Cantabria, dedicadas a la producción cinematográfica cuyo objetivo sea la realización de proyectos audiovisuales y que estén dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente a estas actividades. El domicilio fiscal y la actividad subvencionable se debe desarrollar en Cantabria, sin perjuicio de la realización de actividades fuera del territorio de la comunidad Autónoma.

También podrán participar en la convocatoria las agrupaciones de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, públicas o privadas, que, por razón de los fines, objeto o ámbito de la actividad, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención, y que cumplan los requisitos establecidos para esta convocatoria. Los miembros integrantes de la agrupación y/o de la coproducción deberán cumplir los requisitos señalados en el apartado anterior.

Para poder tener la condición de beneficiario deberá el peticionario estar inscrito en el registro administrativo de empresas audiovisuales y cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Visuales del Ministerio de Cultura y Deporte, como empresa productora de cinematografía (sección primera).

El número de proyectos a subvencionar se limita a uno, por lo que solo se podrá presentar una solicitud a esta convocatoria. La cuantía individual, también proporcional a la puntuación obtenida, no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cantidad de 10.000 euros.

Cultura destina 210.000 euros a la edición de libros y la producción audiovisual
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