jueves. 25.04.2024

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado la orden de ayudas que convoca anualmente la Concejalía de Cultura de Santander. Se trata de una línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la cultura en la ciudad y cuya cuantía asciende a 90.000 euros. Las ayudas se podrán solicitar hasta el 29 de mayo.

La concesión de las ayudas se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva. Quedarán excluidos aquellos proyectos de actividades presenciales que, en el momento de cerrarse el plazo de presentación de solicitudes, se consideren de inviable o muy difícil realización en función de las limitaciones normativas existentes en el tiempo de su desarrollo. A tal fin, será imprescindible hacer constar, en los proyectos de actividades presenciales, el número previsto de personas asistentes.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas y los autónomos dados de alta en el Impuestos sobre Actividades Económicas (IAE) en cualquiera de los epígrafes relativos a actividades culturales, así como las asociaciones acogidas a la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación. Las solicitudes deberán presentarse con arreglo al modelo normalizado que se publica en la página web municipal. La denominación de los proyectos concurrentes deberá hacerse en lengua española, salvo en aquellos casos en que se acredite que la denominación en otras lenguas haya sido registrada antes de esta convocatoria o se halle ampliamente reconocida. Formarán parte del órgano colegiado técnico previsto para formular la propuesta de concesión, además de los responsables de los cargos indicados en la Ordenanza, la directora municipal de cultura y la directora-gerente de la Fundación Santander Creativa (o personas en quienes deleguen).

En los criterios de concesión de las ayudas se otorgará un punto adicional a las solicitudes que prevean aportaciones propias u otros ingresos, por importe total superior al 30% del presupuesto de la actividad, y dos puntos adicionales, si ese importe supera el 50%. Ninguna subvención podrá superar el importe de 13.500 euros. Los proyectos a subvencionar deberán concluir antes del 23 de noviembre de 2021. Podrán ser subvencionados aquellos proyectos iniciados con anterioridad a esta convocatoria, incluso si estuvieran ya concluidos, siempre que dicha conclusión fuera posterior al 23 de noviembre de 2020. En este supuesto, si se programase la misma actividad para 2021, la solicitud de subvención para la misma deberá concurrir a la convocatoria de 2022.

La Concejalía de Cultura convoca las ayudas para actividades culturales que podrán...
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