viernes. 29.03.2024

Desde mayo de 2019, las empresas tienen que implantar un sistema de control de horario para que sus empleados puedan fichar. Esto fue aprobado mediante un Real-Decreto Ley y las empresas tenían 2 meses para adaptarse al mismo (en concreto, hasta julio de 2019).

El sistema que se emplee debe ser lo suficientemente preciso como para acreditar la hora de comienzo de la jornada y la finalización de la misma, el día, así como cualquier otra causa como pueden ser descansos, pausas, entre otros.

Aunque el Gobierno es flexible en cuanto al sistema que se utiliza para registrar estas horas, lo más interesante es utilizar un software de control horario, como puede ser el de tictacsoftware.com. Esta empresa te ofrece una solución para la gestión y el control horario en la nube, ofreciendo diferentes opciones de fichaje para los empleados.

UNA SOLUCIÓN PARA EVITAR LAS HORAS EXTRAS NO ABONADAS

Los datos extraídos antes de 2019 eran alarmantes: los cálculos remitían a que se hacía una media de 6,4 millones de horas extra en España, y que cerca de un 4.8% de los trabajadores que las llevaban a cabo no recibían ningún tipo de remuneración extra por ello. Por supuesto, tampoco se cotizaban a la seguridad social, un comportamiento que no solo podría tener problemas de cara a la empresa, sino también a los empleados.

Con el sistema de fichar se busca que la empresa pueda tener un registro que cubra toda la jornada del trabajador, desde el inicio, hasta el final, de lunes a domingo. Se tendrá que organizar y documentar dependiendo de los convenios colectivos o los acuerdos a los que haya podido llegar la empresa con los representantes legales.

Y si estas figuras no existiesen, entonces es la empresa la que tiene la facultad de decidir cómo se llevará a cabo la organización y el registro de jornada.

TIEMPO DE CONSERVACIÓN Y SANCIONES

Una de las preguntas que más ha resonado en las oficinas españolas es sobre el tiempo que debería cubrir este registro. Como es habitual cuando hablamos de trámites administrativos, el registro debería por lo menos conservarse durante 4 años.

Durante este tiempo, tendrán acceso al mismo desde los trabajadores, los sindicatos y, sobre todo, los autorizados de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Si se detecta alguna irregularidad, o si la empresa no cumpliese con lo que establece el decreto, las sanciones pueden llegar a ser de entre 626 euros (si se considerase como una sanción leve) o alcanzar un máximo de 6250 euros (si fuese grave).

Además, el sistema debe ser lo suficientemente seguro como para evitar que no se pueda modificar ni manipular de ninguna manera. Así se evitarán fraudes, incorrecciones, abusos, entre cualquier otra anomalía que pudiera ser pertrecha.

Para evitar cualquier tipo de problemas de sanciones, o disconformidades con los empleados, es recomendable implantar un buen software de control horario en el trabajo. Echa un vistazo al software que te propone TICTAC SOFTWARE y la empresa tendrá todas sus necesidades relacionadas cubiertas.

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