jueves. 28.03.2024
SERIE CANTABRISMO [BLOQUE 3 | ARTÍCULO 11]

Cantabria, comunidad histórica y soberanismo

El Estatuto de Autonomía de Cantabria, como establece su propio Preámbulo, es “la expresión jurídica de la identidad de Cantabria”

La influencia del cantabrismo en la conquista y construcción de las instituciones políticas de autogobierno no es ajeno a la evolución de sus distintas orientaciones y estructuras organizativas

Imagen promocional del Día Nacional de Cantabria
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La evolución política del período autonómico de Cantabria, tras la etapa de inicio e inestabilidad, a partir de las elecciones de 1995, con el acceso del PRC al gobierno, experimentó una mejora de los modos y formas de actuación y evidenció el acercamiento entre partidos para afrontar la situación real de la comunidad y su ciudadanía y, del mismo modo, apuntalar unas instituciones autonómicas muy desacreditadas. Junto a vuelta al ámbito parlamentario del debate político, el esfuerzo inversor o la mejora de la gestión económica y administrativa de esta nueva etapa de “normalización”, la principal acción del parlamento se dirigió al desarrollo de las competencias estatutarias.

No convendría desligar la actuación institucional de la coyuntura definida por una activación de la sociedad civil cántabra que protagonizó diversas luchas sindicales, actuaciones de defensa ecológica del medioambiente o iniciativas de impulso ligadas a la cultura tradicional del país pero, de todos modos, en palabras del catedrático de Derecho Constitucional, Antonio Bar Cendón, “la actividad jurídico-política más relevante de esta etapa de la historia de Cantabria como Comunidad Autónoma es, sin duda alguna, la reforma del Estatuto de Autonomía”.

El Estatuto de Autonomía de Cantabria, como establece su propio Preámbulo, es “la expresión jurídica de la identidad de Cantabria”, norma institucional básica de la comunidad en el contexto de un nuevo modelo territorial del Estado español, recogido en el Título VIII de su constitución, que en los inicios de la etapa democrática actual trataba de dar respuesta a las diferencias territoriales internas, puestas en evidencia históricamente por los movimientos regionalistas y nacionalistas de la periferia. Cantabria había accedido a su autonomía por la “vía lenta” del artículo 143 de la Constitución, con la posibilidad de que, pasados cinco años, pudiera ampliar sus competencias legislativas y ejecutivas, lo que había sido respondido por el Frente de Rechazo conformado desde ADIC en 1980 debido a su insuficiencia.

Pegatina de rechazo al Estatuto Foto: ADICPegatina de rechazo al Estatuto Foto: ADIC

En el año 1992, el gobierno y las principales fuerzas políticas del arco parlamentario estatal, el PSOE y el PP, llegaron a unos nuevos pactos autonómicos que se concretaron en una ley orgánica de transferencias y en el acuerdo para la reforma de los estatutos de autonomía afectados. Desde 1982, el estatuto de autonomía de Cantabria ha experimentado cinco cambios en su articulado (1991, mediante el que se establecía la coincidencia de la celebración de las elecciones municipales y autonómicas el cuarto domingo de mayo, cada cuatro años; 1994, de ampliación de ciertas competencias para las comunidades autónomas que accedieron por la vía lenta; 1997 y 2002, de adecuación de tributos cedidos a Cantabria tras la reforma del régimen de financiación autonómica -LOFCA-). Pero, sin duda, fue la reforma de 1998 derivada de los pactos autonómicos entre las principales fuerzas estatales y de Cantabria antes apuntados, la que tuvo mayor profundidad y trascendencia.

Fue la reforma de 1998 derivada de los pactos autonómicos entre las principales fuerzas estatales y de Cantabria antes apuntados, la que tuvo mayor profundidad y trascendencia.

En el debate sobre el “Estado de la Región” del 27 de diciembre de 1995 se propuso en cámara parlamentaria acometer el reto de la reforma del Estatuto de Cantabria, conformándose para ello una ponencia redactora con representantes de todos los grupos parlamentarios: Francisco Rodríguez (PP), Julio Neira (PSOE), José Ramón Saiz (UPCA), Rafael de la Sierra (PRC) y Martín Berriolope (IU). Los trabajos se iniciaron en abril de 1996, concluyéndose el 29 de diciembre de 1997 (Pacto de Carmona) y siendo aprobado el texto por la Asamblea Regional el 13 de febrero de 1998. Después de su paso a debate y trámite en las Cortes Generales, la Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, publicada en el BOE el día siguiente, materializó normativamente el nuevo estatus jurídico-político del país. 

La importancia del cambio normativo que se estaba gestando tuvo su repercusión en la sociedad más allá de las instituciones y, una consecuencia de ello, fueron las Jornadas sobre la Reforma del Estatuto Cántabro organizadas por el Ateneo Cántabro de ADIC, nueve actos desde el 30 de octubre al 18 de diciembre de 1996, en que comparecieron los agentes más representativos políticos (PP, PRC, PSC-PSOE, UPCA, IUCAN), sindicales (UGT, CCOO, USO), económicos (AJE, Colegio de Economistas de Cantabria, CEOE), culturales (CEM, Montañés Abora, Universidad de Cantabria) y juveniles (CJC, JSC, JPRC, JC, Jullisca). ADIC programó la presencia en estas jornadas de tres representantes de los nacionalismos periféricos: Xosé Manoel Beiras, líder del Bloque Nacionalista Galego (BNG), el día 30 de octubre; Joaquím Ferrer, portavoz de Convèrgencia i Unió (CiU) en el Senado, el 9 de diciembre; e Inaxio Oliveri, Consejero de Educación del Gobierno Vasco por el partido Eusko Alkartatuna (EA), que no pudo comparecer finalmente por coincidir el acto programado el día 11 de diciembre con una huelga del funcionariado. ADIC trasladó a todos los grupos parlamentarios de Cantabria las conclusiones de estas jornadas y, ante el acuerdo final de todos ellos en el denominado Pacto de Carmona del 29 de diciembre de 1997, y antes de que el proyecto pasara a las Cortes Generales, valoró la nueva redacción del Estatuto “como un paso positivo pero insuficiente”. 

Parlamento de CantabriaParlamento de Cantabria

La reforma afectó a 54 de los 58 artículos de la redacción primera del Estatuto de Autonomía, resaltando la definición de Cantabria como “comunidad histórica”, como consenso de la propuesta más avanzada que la catalogaba como “nacionalidad”. La reforma eliminó la posibilidad de incorporación a ninguna otra comunidad (cerrándose así definitivamente, ni como posibilidad, la vía castellana, del artículo 58 de la primera redacción), incorpora los términos Parlamento de Cantabria y Gobierno de Cantabria y, desde el punto de vista competencial, asume las competencias de las comunidades que accedieron a su autonomía por la vía del artículo 151 constitucional.  El profesor de Derecho Administrativo, Luis Martín Rebollo valora que “la reforma del Estatuto supone consolidar un modelo, avanzar en las competencias, racionalizar las formas, mejorar la sistematización y, en definitiva, profundizar en el autogobierno de manera tal que -salvo excepciones no especialmente  significativas- es ya un hecho la sustancial igualación jurídica, formal y competencial con las demás Comunidades Autónomas, incluidas las de primer grado, de las que únicamente la separa algunas escasas competencias no asumidas”. Martín Rebollo considera que, a partir de la reforma de la autonomía tras el acuerdo que representó el Pacto de Carmona, los objetivos no pivotaron tanto en las reivindicaciones competenciales sino en las tareas de gestión.

El analista político Marcos Martínez Romano apunta que “esta reducción de objetivos en cuanto al desarrollo del autogobierno cántabro se vio reflejado en la renuncia a abrir una nueva reforma estatutaria en la siguiente década, la de los 2000, cuando un importante número de Comunidades Autónomas emprendieron importantes reformas de sus estatutos de autonomía.” Por eso cree que “esta renuncia señaló los límites del regionalismo hegemónico encarnado por el PRC, así como de la izquierda social-liberal y la derecha conservadora estatales, ambas nunca comprometidas del todo con el desarrollo del autogobierno de Cantabria.”

La influencia del cantabrismo en la conquista y construcción de las instituciones políticas de autogobierno no es ajeno a la evolución de sus distintas orientaciones y estructuras organizativas: regionalismo (PRC), nacionalismo (ANAC, PNC), nacionalismo obrerista de izquierda (ICU) y cantabrismo tacticista de la derecha (UPCA). La incorporación a ADIC de jóvenes provenientes del PNC a partir de la asamblea nacional de 1992, y la posterior entrada del PRC en el Gobierno de Cantabria tras los comicios de 1995, coincidió con el resurgimiento de una nueva orientación que incorporaba algunos de los antecedentes ideológicos y programáticos del nacionalismo y, más concretamente, del cantabrismo de izquierdas: el soberanismo cántabro.

labarubalconBandera del Lábaro

En un proceso de maduración y evolución paulatina, erigir a Cantabria, al pueblo cántabro, como sujeto de decisión política para dirimir su futuro y sus posibles inserciones jurídico-políticas en otros ámbitos estatal español o supraestatal, sobre la base de los intereses de sus sectores sociales mayoritarios, ha abierto una nueva línea constituida por jóvenes de formación universitaria, para los que la existencia de Cantabria no ofrece ya ninguna duda, y que a través de organizaciones como Jullisca, Conceju Nacionaliegu Cántabru (CNC) -que compareció en los procesos electorales a Cortes Generales de España en 2000 y 2004; al Parlamento Europeo por la coalición Izquierda de los Pueblos, en 2004; y al Parlamento de Cantabria, en las convocatorias de 1999, 2003 y 2011-, Regüelta o Abora, han derivado a movimientos o partidos como Cantabria No Se Vende (CNSV) o Cantabristas. Con modestos apoyos electorales aún, el soberanismo cántabro es una consecuencia de la maduración y extensión del cantabrismo de base a una mayoría de la ciudadanía, posibilitando la propuesta de objetivos impensables no hace mucho tiempo,  nutriendo de cuadros al cantabrismo institucionalizado y extendiendo elementos simbólicos de notable impacto emotivo, como la asunción y extensión del lábaro cántabro, el surgimiento y desarrollo del movimiento folk o la celebración de los encuentros internacionales amistosos de la selección cántabra de fútbol -23 de diciembre de 1997, 22 de diciembre del 2000). Un movimiento que varía a medida que Cantabria se construye.

Para Martínez Romano, “en el desarrollo del soberanismo cántabro de izquierdas durante la década de los 90 juega un importante papel el factor generacional, ya que mayoritariamente estuvo impulsado y desarrollado por jóvenes educados social y políticamente con el hecho autonómico ya asumido plenamente como una realidad natural.”

Por otro lado, señala que “las diferentes concreciones del movimiento soberanista de los años 90 y posteriores jugaron un importante papel cualitativo en impulsar varias de las cuestiones relacionadas con la identidad cántabra que hoy nuestra sociedad ya asume en su conjunto o cada vez de forma más natural.” Poniendo como ejemplos “la masiva difusión del Lábaru como símbolo mediante el que nos identificamos como cántabros y cántabras o la conciencia de la existencia de un patrimonio lingüístico propio que estudiar, proteger y divulgar”. Sin embargo, apunta que “esas importantes aportaciones cualitativas no fueron acompañadas de la construcción de un artefacto político exitoso mediante el cual llevar el soberanismo cántabro a las instituciones autonómicas y/o locales.” Por el contrario, “fue el PRC quien logró desarrollar su estructura de forma amplísima, hasta convertirse en el partido con más implantación de toda Cantabria, incorporando incluso a varios de los cuadros políticos que formaron parte de los diferentes movimientos y partidos soberanistas nacidos en la década de los 90.”

Por último, Martínez Romano afirma que “en la actualidad, el cantabrismo político sigue mayoritariamente representado por el regionalismo hegemónico o “revillismo”, que concibe a Cantabria como una realidad regional existente en tanto parte de la nación española a la que con sus postulados ayuda a legitimar y como un órgano meramente administrativo en el que lo principal es la gestión de cuestiones ligadas a las infraestructuras para cuya consecución se erige como el principal defensor de Cantabria en base a su constante demanda de fondos y recursos.”  Sin embargo, cree que “entre este revillismo españolista, rancio y depredador de nuestro territorio y un soberanismo pleno al estilo del existente en naciones como Cataluña, País Vasco o Galicia, podría existir un espacio político para el desarrollo de un cantabrismo amplio y moderno que pensara a Cantabria como sujeto político propio pero sin la necesidad de hacerlo oponiéndose a España, sino afirmando la voluntad de querer democratizar el Estado español para formar parte de él por voluntad propia”.  “En la creación de ese espacio político sería necesaria la participación tanto del nuevo soberanismo cántabro articulado en nuevos instrumentos políticos como de una izquierda estatal federalizada y sensible con el hecho cántabro que asumiera a Cantabria como parte fundante de un hipotético futuro pacto federal en el Estado español.”

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