jueves. 28.03.2024

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de un hombre condenado a tres años y siete meses de prisión como autor de un delito de abusos sexuales y otro de exhibición de material pornográfico a menor, por hacer tocamientos en los órganos genitales a una niña de cinco años, sobrina de su pareja, y contactar después por teléfono con la menor, cuando tenía 11 años, para proponerle actos sexuales.

El juicio se celebró en noviembre de 2017 en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria. El condenado recurrió la sentencia en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que en marzo de 2018 desestimó su recurso. El condenado alegó entre otras cuestiones que se ha vulnerado su presunción de inocencia porque el testimonio de la víctima "no despeja las dudas sobre su autoría".

El Supremo, en una sentencia del pasado 13 de diciembre consultada por Europa Press, ratifica el fallo del TSJC, que concluyó que "no existe error ni omisión en la valoración de la prueba testifical y que el testimonio de la menor fue valorado de forma "exquisitamente respetuosa" con los derechos y garantías del acusado". Asimismo, el tribunal de apelación resalta que el recurrente reconoció la autoría de los "whatsapp", y que la transcripción de los mensajes evidencia, "sin lugar a dudas" un "contexto sexual evidente" con remisión de material pornográfico y frases como "quiero que sea mía como en aqueyo tiempo"; y "si te acuerda del ratonsito como lo hacíamos tú y yo".

Según el relato de hechos probados, los tocamientos tuvieron lugar a partir de julio de 2009 y no más allá de diciembre de 2010, cuando la menor tenía cinco y seis años, y ocurrieron en el domicilio de la niña, donde también convivía el acusado, ya que era pareja de una tía de la pequeña. Posteriormente, una vez cesada la relación de convivencia, en varias ocasiones entre octubre y diciembre de 2015, el hombre envió mensajes de teléfono o por whatsapp a la menor, proponiéndole actos de contenido sexual.

También invitó a la niña a mostrarse en ropa interior, manifestándole sus deseos lúbricos y ofreciéndole prebendas materiales. Y le envió a través del móvil imágenes de órganos sexuales masculinos erectos, "con el consiguiente menoscabo de la integridad sexual de la niña", que entonces tenía 11 años. La madre de la menor presentó denuncia en diciembre de 2015 y se prohibió al hombre acercarse o comunicarse con ella.

La sentencia ahora confirmada le condena a dos años y 10 meses de prisión por abusos sexuales a menor de 13 años y nueve meses más por exhibición de material pornográfico; prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 100 metros durante siete años; indemnización de 5.000 euros a la representante legal de la víctima; y el pago de las dos terceras partes de las costas procesales.

El Supremo rechaza el recurso de un condenado por abusos sexuales a una niña de 5 años...
Comentarios