martes. 19.03.2024

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria que a finales de 2015 condenó a 29 años de cárcel a cuatro implicados en el envío aéreo de cocaína desde la República Dominicana, escondida en cilindros hidráulicos, con destino a la localidad de Suesa.

El paquete, que contenía más de 18 kilos de cocaína distribuida en 54 pequeños cilindros hidráulicos y con un valor en el mercado negro estimado de más de 614.000 euros, fue interceptado en Barajas en enero de 2014. Además de la pena de cárcel, de siete años para tres de los implicados y ocho años para otro, la Audiencia condenó a los cuatro a pagar una multa de 800.000 euros cada uno.

El Supremo ha desestimado los recursos presentados por tres de ellos, en una sentencia fechada el 8 de septiembre.

El envío de cilindros se detectó en la aduana del aeropuerto madrileño y fue controlado a través de rayos X, comprobándose una densidad compatible con sustancias estupefacientes.

Así, en base a la Ley de Contrabando, el paquete fue abierto, y se halló una sustancia que dio positivo a los reactivos de cocaína en el interior de los cilindros hidráulicos, por lo que se puso en conocimiento del juzgado de instrucción de Madrid competente, que autorizó su entrega vigilada.

El paquete, remitido por una empresa de Santo Domingo, tenía por destinatario unos talleres de Suesa, en Cantabria. Agentes de la Unidad de Vigilancia Aduanera de Madrid trasladaron el envío al Servicio de Vigilancia Aduanera de Cantabria y el día en que se iba a proceder a materializarse la entrega a través de una empresa de transporte contactaron con los acusados para concretar la misma.

El interlocutor del grupo requirió a la empresa encargada del transporte que la mercancía fuera entregada en una salida de la Autovía del Cantábrico en dirección a Bilbao, en la localidad de Beranga.

A la hora acordada estaban dos de los acusados en el interior de un coche estacionado en el lugar fijado. En el momento en el que llegó el furgón con la mercancía, y sin sospechar que su conductor era agente de la autoridad, uno de ellos le dijo que les siguiera hasta el lugar donde había que entregar la mercancía, momento en que fue detenido junto a su compañero.

Parte de los agentes que habían prestado el servicio se dirigieron a la empresa que debía recibir el paquete, donde estaba en actitud de espera otro de los acusados para hacerse cargo del envío. Minutos después, y con el mismo propósito, llegó el destinatario del envío y propietario de los talleres de Suesa, empresa ya inactiva y simplemente establecida como lugar de la recepción. Ambos también fueron detenidos.

Por estos hechos, la Audiencia les condenó por un delito consumado contra la salud pública relativo al tráfico de drogas que causan grave daño a la salud "en notoria cantidad". La Fiscalía también les acusaba de pertenencia a grupo organizado, pero la Sala no atendió esa petición porque "no ha quedado debidamente acreditado que los cuatro acusados constituyeran un grupo criminal formado con vocación de estabilidad, esto es para la perpetración concertada de más de un delito de tráfico de drogas".

La sentencia de la Audiencia señala que "no existe prueba alguna que permita afirmar a la sala que los acusados hubieran ejecutado algún otro acto de tráfico de drogas, o algún otro delito distinto del que aquí se enjuicia, el cual por lo demás consistió en el envío, en una sola remesa, de una gran cantidad de cocaína".

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