martes. 23.04.2024

El acusado de cobrar indebidamente cerca de 300.000 euros durante quince años de la pensión de su padre ya fallecido ha asegurado no tenía "ni idea" de que el dinero que había en la cuenta -y del que fue disponiendo en cantidades que suman más de 84.000 euros- procediera de los pagos que mensualmente efectuaba la Seguridad Social por la incapacidad permanente absoluta que habían reconocido a su progenitor, sino que pensaba que se trataba de ahorros de éste, que había trabajado como marino mercante.

Así lo ha manifestado este lunes en el juicio G.T.M., acusado de un delito de apropiación indebida y estafa, por el que el fiscal pide dos años y medio de cárcel, pena que el representante del Ministerio Público ha ratificado tras la celebración de la vista oral.

El procesado, que se ha mostrado dispuesto a "devolver hasta el último céntimo", figuraba como única persona autorizada en la cuenta de su padre. Según ha admitido, desde que éste murió, en Madrid en 1998 y a la edad de 62 años, y hasta el 2013, cuando en la sucursal de la entidad bancaria de Santander descubrieron el error, realizó distintas operaciones, como extracciones o domiciliaciones de recibos, pero "nunca" supo cuánto dinero había, ni siquiera en el momento del fallecimiento.

Tras el fallecimiento no fue al banco a preguntar el dinero que había en la cuenta de su padre porque siempre ha sido "descuidado" para los papeles

En este sentido, G.T.M. ha señalado en el juicio, celebrado en la Sección Primera de la Audiencia de Cantabria y que ha quedado visto para sentencia, que él solo estaba autorizado a "sacar" dinero de la cuenta de su padre, de modo que no preguntó por el saldo que había, información a la que, como ha insistido, no podía acceder.

En su declaración, el enjuiciado -que estudió hasta COU y ha trabajado como comercial o mensajero- ha explicado que cuatro meses antes de que falleciera su padre, que tenía "graves" problemas de alcohol, le pidió que le autorizara en su cuenta, para poder sacarle el dinero que fuera necesitando, pero según ha insistido no "tenía derecho" a mirar el saldo que había.

Así, después de que murió, el hijo siguió disponiendo de cantidades mensuales, que oscilaban entre aproximadamente 300 y 600 euros, y domicilió también algunos recibos, pensando que el dinero que había era de lo que su padre había ganado, pues había trabajado "toda la vida" y había tenido "un buen sueldo" como marino mercante. "No tenía ni idea de esto, de verdad", ha expresado en alusión al abono de la pensión por parte de la Seguridad Social durante quince años más.

Persona muy dejada

También ha alegado que tras el fallecimiento no fue al banco a preguntar el dinero que había en la cuenta de su padre porque siempre ha sido "descuidado" para los papeles, "un persona muy dejada", ha apostillado. Lo que sí hizo, según su relato, es hablar con su hermano, que como no se llevaba con el progenitor de ambos dijo a G.T.M. que dispusiera él del dinero que hubiera en la cuenta.

De su relato y de lo declarado por el director de la oficina bancaria, se desprende que el error se descubrió porque desde la entidad trataban de contactar con el titular de la cuenta, sobre la que había un funcionamiento "totalmente normal y ordinario", para abordar cuestiones comerciales.

El fiscal, que ha admitido que "a veces el sistema falla", cree que ha habido "engaño" por parte del procesado

Al devolverse todas las cartas que remitían al domicilio -y que se dejaron de enviar a los seis meses- y no poder tampoco localizarle por teléfono, el director preguntó un día a una hermana del titular de la cuenta e igualmente cliente de la entidad, de la sucursal de la capital cántabra, que le comunicó que su hermano había fallecido hacía quince años.

A raíz de esto, el banco se puso en contacto con el sobrino de esta mujer e hijo del cliente, que a su vez comunicó la noticia a su abogado y este último contactó con la Seguridad Social, a nivel nacional y regional. Según este letrado, que también ha declarado en el juicio, todas las partes implicadas mostraron una "sorpresa enorme" tras enterarse de lo ocurrido.

Por su parte, el director de la sucursal ha señalado que si bien en el contrato de la cuenta bancaria el enjuiciado solo figuraba como disponente de la misma, en la práctica puede hacer otras operaciones al margen de sacar dinero, como transferencias o consultar el saldo. "Casi todo menos cancelarla", ha anotado.

Devolver hasta el último céntimo

En su defensa, el acusado ha asegurado que no actuó "de mala fe", ya que el "no sabía nada" acerca de que la Seguridad Social hubiera estado pagando la pensión de incapacidad permanente a su padre durante quince años.

De hecho, ha indicado que para intentar salvar su empresa pidió un crédito por importe de 100.000 euros a nombre de su mujer, de modo que si él fuera el "típico delincuente" -ha comentado- hubiera "sacado más dinero", más si se tiene en cuenta que tiene familia a su cargo y que ha estado varios años sin trabajo.

"En ningún momento", ha insistido G.T.M, ha sido "consciente" de que estuviera "estafando" ni haciendo "daño a nadie", de ahí que tras enterarse, "desde el primer momento" se ha mostrado dispuesto a "devolver hasta el último céntimo para reparar el daño", "como buenamente pueda", ha agregado. Asimismo, se ha mostrado dispuesto a "colaborar en todo lo que pueda".

Conclusiones y penas

Tras la declaración del acusado y los testigos, las partes han elevado sus conclusiones a definitivas, de modo que la Fiscalía mantiene los dos años y medio de cárcel solicitados, al considerar que se trata de un delito continuado de estafa. También pide una multa de 2.700 euros e indemnización por valor de las cantidades apropiadas no devueltas.

Según el representante del Ministerio Público, G.T.M. "ocultó" durante casi 16 años que su padre había fallecido para que la Seguridad Social siguiese abonando la "cuantiosa" pensión de incapacidad en la cuenta y de cuyo dinero disponía el hijo. Tampoco ve "lógico" que no supiera cuánto dinero tenía su padre en la cuenta cuando falleció, ya que no tenía más posesiones.

El fiscal, que ha admitido que "a veces el sistema falla", cree que ha habido "engaño" por parte del procesado, que "se ha beneficiado a costa de la Seguridad Social".

El abogado de la Seguridad Social, que ha modificado sus conclusiones y ha rebajado la pena de prisión solicitada inicialmente adhiriéndose a la de la Fiscalía, cree que el acusado debe afrontar la responsabilidad civil de forma solidaria con el banco.

Este letrado ha alegado en defensa del INSS que hace quince años el uso de Internet no era como en la actualidad, cuando además hay una "intercomunicación clara" entre las administraciones y un mayor "control" en asuntos de "papeleo", como el abordado en este caso.

Por su parte, la defensa del banco ha aludido a las dificultades de localizar a un cliente cuando se devuelven las cartas o no contesta al teléfono.

También ha destacado que fue la entidad la que "destapó todo", demostrando así, ha ensalzado, "la buena fe", pese a que -como ha admitido- no realizó el control de vivencia al que está obligado.

En otro orden, esta parte ha subrayado que el banco devolvió a la Seguridad Social el importe de las pensiones abonadas indebidamente de los últimos cuatro años, y ha considerado al respecto que no tiene que afrontar la responsabilidad civil, ni de forma subsidiaria ni solidaria.

Finalmente, la defensa del acusado considera "desproporcionada" la pena de dos años y medio de cárcel a la que se enfrenta su patrocinado, para el que ha vuelto a reclamar la libre absolución, al entender que ha habido "ausencia de dolo" en el modo de actuar de su cliente, mientras que, como ha contrapuesto, el Estado "va a recuperar su dinero con creces".

En este sentido, ha puesto como ejemplo que la apropiación indebida de algo que se recibe por error está penado con de tres a seis meses de prisión, y ha remarcado la obligación de la entidad financiera de comunicar el fallecimiento de un pensionista, no los familiares, como establece la normativa.

Seguía cobrando la pensión de su padre fallecido porque no tenía “ni idea” de que el...
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