viernes. 29.03.2024

La Ley General de Sanidad de 1986 reconoce el derecho de todos los ciudadanos a la atención sanitaria pública. Un derecho a ser atendidos en cualquier centro público independientemente del territorio en el que se encuentre. Con esta idea en la cabeza vive la mayoría de la sociedad, pero ¿qué ocurre si un residente de Madrid enferma en Cantabria y necesita un medicamento?

La realidad es muy diferente. Como ha podido constatar este diario según varias denuncias presentadas, algunas de ellas incluso ante el presidente regional, Miguel Ángel Revilla, los pacientes de fuera de Cantabria se enfrentan a varios problemas cuando deben acceder a la sanidad en la comunidad autónoma. No es un problema de Cantabria, sino más bien de la transferencia de competencias del Estado en materia de sanidad a las Comunidad Autónomas.

Según la información consultada, los casos de conflictividad han aumentado. Algunas regiones llegan a poner trabas a los pacientes procedentes de otros territorios a pesar de que la normativa establece que “las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva”, lo que en la práctica significa que uno puede ser atendido en cualquier punto del país.

La normativa establece que “las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva”

Es el caso de N.O.D., con residencia y trabajo en Madrid y que sufre de migraña desde hace años. La denuncia a la que ha tenido acceso este diario señala que, durante una visita familiar a Santander, ha tratado de adquirir su medicamento en una farmacia presentando la receta electrónica de la Seguridad Social adquirida en la capital de España.

La respuesta del centro fue que “no podían darle el medicamento sin receta de Cantabria”, por lo que instaron a la afectada a acudir a un ambulatorio y pedir que se la dieran en urgencias.

Sin embargo, la situación no mejoró en el Ambulatorio del Sardinero. El médico, con un “trato vejatorio y falta del mínimo respeto y educación al paciente”, dijo que “sin un informe de su médico no le daba la receta”, indicando a la afectada que “Madrid es un sistema y Cantabria otro”. El profesional, con todo, terminó dando el medicamento recogido en la receta ante la “evidente” situación de dolor.

La familia, que se reserva “acciones judiciales”, ha recordado que “la cobertura de la Seguridad Social es nacional y completa”, y ha afirmado que la afectada, además de la receta electrónica, contaba con la Tarjeta Oficial de Asistencia y el DNI para una completa identificación.

Tarjeta de desplazado

El caso de esta paciente es solo uno de los que pueden observarse en estos días en los que el traslado de ciudadanos de otras comunidades con motivo de las vacaciones es habitual. Ante la problemática de las competencias autonómicas la sanidad española tiene prevista la tarjeta de desplazado, que permite al usuario acudir a los servicios de atención primaria en caso de necesidad.

Ante la problemática de las competencias autonómicas la sanidad española tiene prevista la tarjeta de desplazado, que permite al usuario acudir a los servicios de atención primaria en caso de necesidad

Esto no implica que vaya a existir un médico de cabecera, pero en principio sí garantiza la atención dado que es igual en todas las comunidades, al menos en lo que a su aplicación se refiere. Según la información consultada, lo que puede variar es el periodo para su renovación.

En cualquier caso, la situación de la sanidad pública en España obliga a los enfermos a prepararse antes de viajar a otra comunidad como si se tratase del extranjero. Por ejemplo, fuentes sanitarias aconsejan que, en caso de tener una enfermedad crónica, se consulte con el médico y se adquieran los medicamentos necesarios para la época que se vaya a estar fuera de casa.

El motivo es que la tarjeta de desplazado no cubre los médicos especialistas, por lo que pueden generarse problemas para conseguir una receta fuera de la región de residencia, más o menos como le ocurre a N.O.D.

Según estas fuentes, la “norma general” es que, si se carece de tarjeta de desplazado, solo se atenderá a los enfermos en urgencias. Por supuesto, existen otras prácticas, e incluso cabe la posibilidad de interponer una reclamación en caso de que los médicos no quieran atender, aunque incluso en este extremo hay que realizar una serie de pasos muy concretos si se quiere tener razón.

El caso de la hospitalización es diferente, aunque no exento de problemas. El paciente no tendrá que pagar nada, pues el servicio de salud de la Comunidad Autónoma en la que sea atendido cubrirá los gastos generados.

Existe un Fondo de Cohesión Interterritorial que dispone con una cantidad establecida anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, y que se utiliza para pagar los servicios de salud entre las diferentes regiones. Sin embargo, solo cubre los gastos de hospitalización de los pacientes derivados de unas regiones a otras.

La sanidad pública española, única en todo el Estado pero con diferencias entre las...
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