viernes. 19.04.2024

La exalcaldesa de Santoña Puerto Gallego (PSOE) y los ocho concejales de su equipo de gobierno han recurrido la condena de inhabilitación impuesta por prevaricación administrativa en su etapa en el Ayuntamiento, por fraccionamiento de contratos.

La que fuera regidora de la villa fue condenada a cinco años de inhabilitación especial -para cargo público en la administración local- mientras que sobre los ediles socialistas -acusados igualmente por aprobar por unanimidad el pago de facturas pese a los reparos del interventor- recayeron cuatro años de inhabilitación para desempeñar esos puestos o los de regidor, teniente de alcalde o cualquier otro electivo en el ámbito municipal.

La sentencia, del Juzgado de lo Penal número 1 de Santander y dictada dos días después de enjuiciarse los hechos, el pasado mes de noviembre, ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial de Cantabria por todos los procesados, alegaciones que no se han notificado en su totalidad hasta hace escasas fechas, según han trasladado a esta agencia diferentes fuentes personadas.

La jueza apreció la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas en esta causa

La titular del citado órgano judicial concluyó que todos ellos "eran conscientes de la arbitrariedad de sus resoluciones" así como que "la ilegalidad era clara". La jueza apreció la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas en esta causa, vista casi veinte años después de las primeras irregularidades advertidas y tras más de una década de instrucción.

La investigación partió de una denuncia del exconcejal de Falange Leoncio Calle Pila por actuaciones cometidas entre 2003 y 2009. A esta acusación particular, que pedía nueve años de inhabilitación para todos los implicados, se sumó después el PP, que interesaba ocho años, los mismos que el fiscal -para cargo o empleo público también- al entender que la prevaricación fue "clarísima". De su lado, las dos defensas de los acusados pedían la libre absolución de todos ellos.

La vista, señalada inicialmente en 2019, se suspendió al faltar cinco cajas de documentación con más de 6.000 folios. La causa regresó al Juzgado de Santoña y el juicio se programó en abril de 2020, pero tampoco se pudo celebrar por el Covid, ni en diciembre de ese año por problemas de agenda de los letrados.

Vistos los hechos, la magistrada los consideró probados y constitutivos del delito continuado de prevaricación administrativa, repasando en la sentencia algunos de los "múltiples" acuerdos adoptados "por unanimidad" en las comisiones de gobierno local de Santoña a través de las correspondientes actas.

Destacó en la resolución que pese al reparo de la Intervención se aprobaron facturas a diferentes empresas -fundamentalmente cuatro- que prestaban servicios municipales (de limpieza o mantenimiento) o efectuaban distintos suministros, incurriendo así en un "fraccionamiento" del objeto del contrato. Fueron gastos de carácter "periódico y/o repetitivo" que "carecían" de los correspondientes expedientes contractuales, con lo que se eludía el "control" previsto sobre el funcionamiento de las administraciones locales.

Y aunque "algunas" de las facturas estaban presupuestadas, "otras" carecían de consignación para su abono, y en todo caso tenían informes en contra del interventor que "no fueron levantados" por la alcaldesa, quien tenía potestad para hacerlo, de ahí su mayor responsabilidad.

De todo esto "se deduce que los acusados eran conscientes de la arbitrariedad de sus resoluciones" y que "la ilegalidad era clara" en conductas llevadas a cabo durante su mandato.

Puerto Gallego y los exdiles de Santoña recurren la condena de inhabilitación
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