viernes. 19.04.2024

La Fiscalía Superior de Cantabria ha denunciado que los juzgados siguen incoando "sistemáticamente" los actos de humillación o menosprecio como delitos leves y "sin practicar diligencia alguna", pese a que la reforma del Código Penal de 2015 ha tipificado expresamente como delito menos grave y no leve las acciones que lesionan la dignidad de las personas por diversos motivos, entre ellos el racismo, la ideología, las minusvalías, la religión o la orientación sexual. En su memoria anual, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía señala que esta "clásica actuación" de los Juzgados debe modificarse a partir de la reforma del Código Penal, porque la creación de los llamados "delitos de odio" con la finalidad de tutelar los derechos fundamentales de los colectivos que sufren algún tipo de discriminación social exige "investigar con rigor los indicadores de odio, y adecuar el reproche penal a los mismos". Explica que con la finalidad de tutelar adecuadamente a las víctimas, el legislador "ha sido sensible a la inquietante mundialización del odio" y ha considerado a las víctimas de los delitos de odio como personas en riesgo, con las que hay que adoptar, como afirma el Estatuto de la Víctima, medidas y reconocimiento de su necesidad de protección especial, medidas que "se adoptan en pocos casos", asegura.

La Fiscalía traslada las "dificultades de sensibilización" que encuentra en este ámbito, y expone procedimientos concretos como el de una agresión a un chico con una minusvalía física del 75%, en el que el juzgado calificó los hechos como delito leve, y tras estimarse el recurso del fiscal, continuó en tramitación por delito menos grave. La Fiscalía explica que se ha tratado de sensibilizar a las fuerzas de seguridad del Estado y se solicitó incluir en la Comisión Provincial de Policía Judicial esta materia de forma que, entre otros aspectos, se de difusión a los criterios recogidos en la Guía práctica de persecución de los delitos de odio elaborada por la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE). Además ha dictado una nota interna "al constatar que muchas de las acciones de humillación y menosprecio que lesionan la dignidad de las personas por diversos motivos, entre ellos el racismo, la xenofobia, la diferente ideología, las minusvalías, la religión o la orientación sexual, motivan la incoación de procedimiento por delito leve "sin practicar diligencia alguna". Así, recuerda que a partir de la reforma del Código Penal de 2015, el artículo 510 contempla como delito la lesión de la dignidad de las personas mediante ese tipo de acciones, por lo que, "sin perjuicio de la decisión final, deberán practicarse las diligencias que se estimen necesarias para acreditar el motivo de la acción y la existencia, en su caso, de indicadores de odio".

La Fiscalía denuncia que los juzgados incoan los actos de odio como delitos leves...
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