jueves. 25.04.2024
TRIBUNALES

Dos exalcaldes y seis concejales de varios partidos de Castro Urdiales, inhabilitados por prevaricación

Muguruza, que fue alcalde por el PRC, y Díaz Helguera, que lo fue por el PSOE, han sido condenados por el desarrollo urbanístico de Santa Catalina junto a dos concejales del PP, dos de IU, uno del PRC y otro del PSOE, aunque a penas muy inferiores a los diez años de inhabilitación solicitados por la Fiscalía, al aplicar la magistrada la atenuante de dilaciones indebidas en su grado máximo.

La corrupción municipal está ligada al “caciquismo local”, se centra “en la contratación administrativa de los servicios y en las obras” y es “generalizada”, declaró a este diario Fernando Urruticoechea, exinterventor del Ayuntamiento cántabro cuyo combate contra la corrupción en prácticamente completa soledad logró sentar en el banquillo a numerosos políticos, técnicos y empresarios del municipio.

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Ayuntamiento de Castro Urdiales

El Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander ha condenado a los exalcaldes de Castro Urdiales Fernando Muguruza, que fue alcalde por el PRC, y Rufino Díaz Helguera, que fue alcalde por el PSOE, a tres años y medio y dos años y medio de inhabilitación especial para cargo público en el ámbito municipal, respectivamente, por prevaricación en el desarrollo urbanístico de Santa Catalina entre los años 2001 y 2008. En la sentencia, de 111 folios, la magistrada Rosa María Gutiérrez relata las “maniobras, argucias y artificios” de los condenados para “enmascarar” las "infracciones normativas" cometidas de forma “deliberada, voluntaria y consciente” para la apertura y rectificación del vial José Hierro, pese a no estar previsto en el PGOU ni contar con informe favorable de la CROTU y minorando la dotación de equipamiento público sin compensación alguna.

La sentencia condena también a los exconcejales 'KyK', Carranza, Vélez, Hierro, Díez Muro y Antuñano

Un total de 15 personas entre exconcejales y técnicos municipales del Ayuntamiento de Castro Urdiales se sentaron en el banquillo de los acusados en este juicio que se celebró hace algo más de un año y cuya sentencia se ha notificado hoy miércoles. El número de condenados se ha quedado en nueve –los dos exalcaldes, seis exconcejales y el exsecretario municipal– y las penas son muy inferiores a los diez años de inhabilitación solicitados por la Fiscalía en este caso que fue instruido por el entonces juez de Castro Luis Acayro Sánchez. La reducción de penas se explica por la atenuante de dilaciones indebidas que la magistrada ha aplicado en su grado máximo, tal y como pedían las defensas argumentando que el tiempo transcurrido desde el inicio del procedimiento el 24 de julio de 2008, excede de diez años. Además de a Díaz Helguera, alcalde por el PSOE en la legislatura 1999/2003, y a Muguruza, por el PRC en el siguiente mandato, la sentencia condena a tres años de inhabilitación por prevaricación administrativa a los exconcejales José Miguel Rodríguez KyK y Concepción Carranza (PP), Santiago Vélez y Salvador Hierro (IU) y Jaime Díez Muro (PRC) y a dos años y medio a Joaquín Antuñano (PSOE). Muguruza es el único que ha sido condenado por un delito continuado de prevaricación urbanística y junto con los tres años y medio de inhabilitación se le impone una multa de 2.100 euros, mientras que el exsecretario municipal César Saiz es condenado como cooperador necesario.

La sentencia, fechada el 28 de septiembre y consultada por Europa Press, les condena a indemnizar conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Castro en 282.371 euros, por la pérdida de 416 metros cuadrados de suelo reservado para equipamiento público en Santa Catalina como consecuencia de la apertura en su lugar de un vial –luego denominado calle Poeta José Hierro– que no estaba previsto en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1996. “Sin perjuicio de la reserva de las acciones correspondientes en el ámbito administrativo o de la jurisdicción contenciosa administrativa competentes, para la restauración de la legalidad urbanística, o la restitución, y en su defecto de no lograrse aquella”, dice textualmente la sentencia. En el juicio, la fiscal reprochó al Ayuntamiento que no hubiera ejercido como acusación en este procedimiento pese a ser “el verdadero perjudicado”, y solicitó la anulación de los instrumentos urbanísticos que contravinieron la legalidad pero no pidió la demolición de lo construido por entender que en suelo urbano lo que debe hacerse es “restaurar la legalidad”. Por último, se condena al abono de las costas procesales en una proporción de cuatro sextas partes a Muguruza; una sexta parte a KyK, Hierro, Carranza, Vélez y Díez Muro, y una décima parte de un tercio a Díaz Helguera, Pedro Olano y César Saiz, declarando las restantes de oficio. La magistrada absuelve al exconcejal Juan Tomás Molinero y a los técnicos Pedro Restegui, Carmen Villanueva y Pablo Sopeña de los delitos por los que habían sido provisionalmente acusados, al haber retirado la Fiscalía la acusación provisional contra ellos durante el juicio, así como a los exconcejales Pedro Olano, Teresa Pérez, Ángeles Blanquet, Javier Zurbano, Pilar Villanueva y Paulino Lavín, del delito de prevaricación administrativa continuado por el que fueron acusados, con declaración de las costas de oficio.

La sentencia no es firme, y al menos la defensa de Díaz Helguera ya ha anunciado que recurrirá en apelación ante la Audiencia

La sentencia no es firme, y al menos la defensa del exalcalde Díaz Helguera ya ha anunciado que recurrirá en apelación ante la Audiencia de Cantabria, para lo que dispone de un plazo de diez días hábiles. La Fiscalía ha sido la única acusación en la recta final de esta causa, ya que el partido La Unión, que ejercía la acusación popular, se retiró el día antes del comienzo del juicio y tampoco se presentó a la vista ninguno de los particulares que ejercieron en su día la acusación particular. Durante el proceso, muchas imputaciones han ido decayendo por el camino por diversas causas, en algunos casos por fallecimiento o enfermedad mental de los acusados y en otros por decisión de la Audiencia de Cantabria, que en un auto de 2011 decretó la prescripción de parte de los hechos y el sobreseimiento de otros.

En el análisis de la atenuante de dilaciones indebidas, la magistrada reivindica la complejidad de la causa debido al número de acusados y fundamentalmente la abundante documentación incluida tanto en los 30 tomos y 28 anexos de la causa, cuyo análisis “también ha retrasado notablemente el dictado de la sentencia desde la celebración del juicio, motivando una paralización adicional en el curso de los autos”. No obstante, señala que aun siendo la causa “voluminosa y compleja”, el retraso “no resulta imputable a los acusados, existiendo además interrupciones o paralizaciones como consecuencia de la tramitación de los numerosos recursos interpuestos, la repetición del trámite de defensa, la requerida subsanación respecto a la responsabilidad civil solicitada y además también la intervención de numerosas acusaciones particulares que aunque se retiran o no comparecen al acto del juicio, han comportado multitud de traslados, y previsiones respecto al señalamiento, conforme a la prueba que había sido propuesta por las mismas, que también han incidido en el retraso”.

Numerosos políticos, técnicos y empresarios de Castro Urdiales han acabado sentados en el banquillo gracias al economista vasco Fernando Urruticoechea, que combatió la corrupción en prácticamente completa soledad durante sus años como interventor municipal en el Ayuntamiento de Castro. Urruticoechea ya declaró en una entrevista con eldiariocantabria que la corrupción municipal está ligada al “caciquismo local”, que se centra “en la contratación administrativa de los servicios y en las obras” y que es “generalizada”, porque la “casta política” no quiere “control efectivo alguno” y su diseño de la intervención municipal resulta “incompatible con sus funciones de control interno”. Y que los corruptores “son privados: personas físicas o jurídicas privadas que actúan normalmente sobre los partidos políticos”. Y que la corrupción “alcanza a todas las instituciones públicas, incluidas la Justicia y los Cuerpos de Seguridad del Estado”.

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