jueves. 28.03.2024

El Tribunal de Cuentas ha ratificado la sentencia contra el ex alcalde de Sámano, Javier Eguren, en el procedimiento de reintegro por alcance que le declara responsable contable directo y le condena a devolver a la Junta vecinal de Sámano más de 212.000 euros de gastos de dinero público no justificado en su gestión entre los años 2007-2011. Además, le condena al pago de las costas causadas en la primera instancia al Ayuntamiento y a la Junta vecinal.

Por otro lado, ha absuelto al ex vocal y ex Tesorero de la Junta, Jóse Ignacio Berriolopez de todas las acusaciones que se formulaban contra él en lo que a la apreciación de la responsabilidad contable directa se refiere.

La Sala de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas resuelve así en un fallo dictado el pasado 22 de junio el recurso de apelación presentado por ambos contra la sentencia del 3 de noviembre de 2015.

Las propuestas a la Junta para la realización de dichos pagos se efectuaron exclusivamente por el alcalde

En el caso de Berriolopez, el Tribunal estima su recurso “por entender que no cabe apreciar relación causal entre su actuación como gestor de los fondos de la Junta vecinal y los daños causados a ésta hace innecesario el examen de las demás cuestiones suscitadas en el recurso en relación con las funciones del Tesorero municipal y los demás claveros y con el elemento subjetivo de la responsabilidad contable”.

Al respecto, la Sala ha comprobado que "no existe en las actuaciones ningún elemento de prueba del que se desprenda que Berriolopez, actuando como gestor de los fondos públicos de la Junta de Sámano, ejecutó, forzó o indujo a ejecutar o cooperó en el pago de las retribuciones (pago de comidas, compra de combustible, ordenadores y dispositivos electrónicos, telefonía móvil, etc), ni tampoco de ninguna actuación posterior encaminada a ocultar los hechos o impedir su persecución.

Las propuestas a la Junta para la realización de dichos pagos se efectuaron exclusivamente por el alcalde, contando dichas propuestas con informe favorable del Secretario Interventor, pero sin participación alguna del Tesorero", subraya el Tribunal.

Se añade también, que "nada ilegal había en las propuestas, en sí mismas, si bien, la irregularidad de los pagos deriva de que, con posterioridad, al estar condicionados los acuerdos aprobatorios de las retribuciones a la aprobación definitiva del presupuesto de 2008, ésta última no se se llegó a producir y, sin embargo, se ordenaron los pagos.

El ex alcalde pedáneo autorizaba, disponía, comprometía, reconocía y liquidaba la obligación y ordenación del pago sin los requisitos legalmente establecidos

El ex alcalde pedáneo autorizaba, disponía, comprometía, reconocía y liquidaba la obligación y ordenación del pago sin los requisitos legalmente establecidos. En el caso del ex vocal y ex tesorero de la Junta, él mismo reconoció que firmaba todas las facturas que le pasaba el alcalde, sin examinarlas y por tanto, sin comprobar que se ajustaban a derecho.

En el proceso quedó demostrado que varios Secretarios interventores informaron desfavorablemente los gastos, si bien los demandados desatendían dichos informes y ocultaban información al Pleno del Ayuntamiento como a los interventores.

Además, la Sala de Justicia del Tribunal reitera en diversas resoluciones que las limitaciones académicas y profesionales no implican por sí solas exoneración de responsabilidad contable, pues "si un gestor público considera que tiene una formación técnica limitada, debe extremar las cautelas en su actuación".

Pendiente de la sentencia de la Audiencia Provincial

Tras esta resolución, está pendiente de conocer la sentencia de la Audiencia provincial por el juicio del pasado 25 de abril en el que Javier Eguren aceptó una pena de 4 años y 1 día de prisión por delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos, tras alcanzar un acuerdo que reduce a un tercio la petición de condena que solicitaba el fiscal.

El fiscal aceptó suspender sus condenas, a petición de las defensas, ya que ninguno de los dos tiene antecedentes penales

El acuerdo de conformidad baja las penas de los dos otros dos acusados, su esposa, Iratxe Sánchez y el extesorero de la Junta Vecinal, Ignacio Berriolopez, a dos años de cárcel, en lugar de los 11 y 6 años, respectivamente, que el Ministerio Público reclamaba inicialmente para ellos. No irán a la cárcel dado que han aceptado la condena por un delito continuado de malversación, como cooperadores necesarios, además de 12 de inhabilitación por sendos delitos continuados de prevaricación y malversación.

Además, el fiscal aceptó suspender sus condenas, a petición de las defensas, ya que ninguno de los dos tiene antecedentes penales.

El juicio quedó visto para sentencia en menos de una hora, sin que ni siquiera llegasen a declarar los acusados, que se limitaron a mostrar su conformidad con los hechos y con las penas solicitadas por la Fiscalía.

El ex-alcalde de Sámano deberá devolver a la Junta Vecinal más de 200.000 euros
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