viernes. 29.03.2024

Los órganos judiciales encargados de investigar la violencia de género en Cantabria registraron 490 denuncias en el segundo trimestre del año, lo que supone un incremento del 15,6% respecto a las registradas en el mismo periodo de 2018, según datos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género. En total, de abril a junio atendieron a 490 mujeres –448 españolas y 42 extranjeras– y acordaron un total de 39 órdenes y medidas de protección. Estos datos representan una ratio de 16,4 víctimas por cada 10.000 mujeres que residen en Cantabria, ligeramente superior a la media nacional de 16,2 víctimas por cada 10.000 mujeres. Asimismo, fueron condenados 49 hombres en los juzgados de violencia sobre la mujer por delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido; 50 en el Juzgado de lo Penal, 34 de ellos también por conformidad, y uno en la Audiencia de Cantabria. El porcentaje de condenas entre los enjuiciados se situó en un 86% en los juzgados de violencia -donde la mayoría de las sentencias se producen por conformidad del acusado-, en un 67,6% en el de lo Penal, y del 100% en la Audiencia Provincial. Además, los jueces de violencia sobre la mujer acordaron 39 órdenes y medidas de protección, y 14 los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia, que atienden casos de violencia de género por las tardes y en fines de semana.

De las 490 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 58,6% se presentaron por la propia víctima, bien en el juzgado o ante la policía; el 28% por servicios asistenciales o terceras personas; el 9,2% a través de parte de lesiones llegados a los juzgados; el 2,4% por intervención policial directa, y el 1,4% por denuncia de un familiar. En 19 casos, la víctima se acogió a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, un 9,5% menos respecto a las que lo hicieron en el mismo periodo de 2018. Esas 19 mujeres representan el 3,9% del total de las que figuran como víctimas, mientras a nivel estatal asciende al 10,7%. A lo largo del pasado año se solicitaron en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria 71 órdenes y medidas de protección y se acordaron 39, lo que representa el 55% de todas las pedidas. A nivel estatal, se adoptaron el 70%. Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 151 medidas judiciales, 104 de carácter penal y 47 de naturaleza civil. Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (42) y la prohibición de comunicación (38), seguidas de la suspensión de la tenencia y uso de armas (20); y entre las civiles acordadas destacan trece sobre prestación de alimentos y otras nueve de atribución de la vivienda familiar. Por su parte, los juzgados de guardia que atendieron casos de violencia de género recibieron 19 peticiones de órdenes y medidas de protección, de las cuales acordaron 14. En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (50 ocasiones). En otras 20 se trataba de mujeres extranjeras mayores de edad. En una ocasión, era una mujer española menor de edad. En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección solicitadas, 59 eran españoles y 12 extranjeros. En el 50,7% de las ocasiones eran matrimonio o tenían una relación afectiva, mientras que en el 49,3% de los casos el vínculo ya estaba disuelto.

A lo largo del segundo trimestre, los juzgados de violencia de género recibieron un total de 559 asuntos, de los que 129 se llevaron por juicio rápido y 24 fueron sobre delitos leves. Además, se incoó un procedimiento de sumario, utilizado para enjuiciar los delitos más graves. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado, los procedimientos de instrucción más habituales. La mayoría de denuncias (169) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión. Otros 33 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel. Además, en diez ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

Por otro lado, los juzgados de violencia de Cantabria tramitaron 115 asuntos por quebrantamiento de condena, 48 por delito contra la libertad, 38 por quebrantamiento de una medida cautelar, 20 por delito contra la integridad moral, cinco por delito contra el honor y uno por delito contra la libertad e indemnidad sexual. En cuanto a los delitos leves, se registraron 16 procedimientos por injurias y cuatro por vejaciones injustas. Las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género también dieron lugar a la apertura de 52 procedimientos civiles, de los que 22 eran de divorcio y uno de separación, quince sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, ocho sobre modificación de medidas acordadas en sentencia y seis sobre liquidación del régimen económico-matrimonial. El 13,2% de las denuncias concluyó con sentencia en el propio órgano. Así, los juzgados de violencia dictaron ocho sentencias absolutorias y 48 condenatorias. El 53,5% de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento libre (4%) o provisional (el 49,5%). Una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo. En este sentido, el 41% de las denuncias no las presenta la propia víctima.

El 17,8% de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal o bien a la Audiencia de Cantabria–, en función de la gravedad del delito. Así, el Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander, especializado en el enjuiciamiento de la violencia de género, dictó 74 sentencias, cincuenta de ellas fueron condenatorias –en 34 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena– y otras 24 resultaron absolutorias. Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia de Cantabria, la especializada para juzgar esta violencia, juzgó a un hombre, que resultó condenado. Además, como órgano de apelación, recibió 25 recursos contra sentencias dictadas en el Juzgado de lo Penal y ventiló 24, con nueve estimaciones –en siete ocasiones estimó el recurso contra una sentencia condenatoria– y 14 desestimaciones. Finalmente, el Juzgado de Menores de Santander registró tres asuntos por violencia de género y resolvió otros tantos, lo que se tradujo en tres sentencias con imposición de medidas, sentencias dictadas previa conformidad del menor acusado.

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