miércoles. 24.04.2024

La Audiencia Nacional deniega la indemnización de 660.000 euros solicitada al Estado por parte de un recluso de El Dueso de Santoña al que hubo que realizarle amputaciones en brazos y piernas a causa de una necrosis isquémica distal y que alegaba que ese desenlace se había producido porque no había recibido la asistencia médica adecuada en el centro penitenciario.

En la sentencia de la Audiencia Nacional se relata que este hombre ingresó a finales de septiembre de 2012 en El Dueso procedente de un centro penitenciario de Madrid.

Coincidiendo con su ingreso en El Dueso fue sometido a un reconocimiento médico que revela que el interno es tratado con metadona por su adicción a las drogas y también recibe tratamiento antirretroviral porque tenía VIH, algo que conocía desde 2009, del que tenía "buen control virológico".

El 2 de octubre, menos de una semana después de su ingreso en El Dueso, acudió a consulta con un "cuadro catarral con distermia ante lo que se le prescribe un tratamiento sintomático".

Menos de una semana después de su ingreso en El Dueso, acudió a consulta con un "cuadro catarral

Tres días después el interno volvió a acudir a la consulta por no notar mejoría de la "sintomatología inespecífica" que, según el informe del Jefe de Área de Ordenación Sanitaria, mantenía desde el día 2.

En esa segunda consulta, durante la exploración realizada por el médico, se le observa una incoordinación motora, tras lo que se le recomendó una observación continua en la Enfermería del centro penitenciario.

Sin embargo, dado que el estado confusional del paciente no remitía, a pesar de que se le sometieron a los tratamientos que, según el mismo informe, "se consideraron oportunos", fue trasladado ese mismo día de forma urgente a Valdecilla.

Allí ingresó en la unidad penitenciaria de Valdecilla con un síndrome confusional agudo, sensación de disminución de fuerza en ambas manos, distermia y fiebre, asociado a un cuadro de tos con expectoración y ligero dolor abdominal.

Según el informe del Jefe de Área de Ordenación Sanitaria al que se refiere la sentencia, desde el mismo día del ingreso se aprecia mala circulación sanguínea con frialdad cutánea, coloración azulada en algunas partes del cuerpo, hipoglucemias repetidas y elevado nivel de potasio.

El día 8 fue ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos con una "intensa coloración" azulada y dolor en las cuatro extremidades, sobre todo en los superiores, con alternación del nivel de conciencia y sudores. En esos momentos, se explica que el interno no podía extender los dedos de las manos y padecía un "intenso" dolor en manos y antebrazos..

Dos días después se le trasladó a Medicina Interna, donde fue explorado de nuevo, momento en el que presentó ya necrosis en los cuatro miembros por isquemia (falta de aporte de sangre al tejido) y una lesión necrótica en la cara externa del mismo izquierdo.Tras esa exploración se consultó al Servicio de Cirugía Cardiovascular que aconsejó la amputación una vez definido exactamente el nivel de necrosis.

Así desde Valdecilla se solicitó el traslado al Hospital de Torrejón de Ardoz, en Madrid, existiendo ya una gangrena en los cuatro miembros "de posible origen tóxico", rabdomiolosis severa y fracaso renal leve.

Desde Valdecilla se solicitó el traslado al Hospital de Torrejón de Ardoz, en Madrid, existiendo ya una gangrena en los cuatro miembros "de posible origen tóxico"

Ingresó el 30 de octubre en el hospital madrileño y, tras la evolución de la isquemia en las cuatro intervenciones, se precisó intervenirle, llevándose a cabo las amputaciones de forma secuencial en zonas de los dos brazos y las dos piernas. Como posibles causas probables de la isquemia que hizo necesarias las amputaciones se señala el consumo de tóxicos.

A la vista de los dictámenes de los dos hospitales, el informe del perito señala que, aunque no se llega a determinar el origen del proceso, se trata "en cualquier caso" de un cuadro de instauración rápida que difícilmente podía ser diagnosticado en la consulta del centro penitenciario".

Argumenta que el interno, de reciente ingreso en el Dueso y sin antecedentes compatibles con la situación que posteriormente pacedió, acudió a la primera consulta en el centro penitenciario "con una sintomatología banal".

Y añade que en la segunda consulta, tres días después, cuando se aprecian síntomas de una patología susceptible de estudio hospitalario, se deriva al paciente a Valdecilla "sin demora", siendo ya allí cuando el cuadro se agrava "de forma acelerada" sin que el origen o el diagnóstico sean evidentes hasta pasados varios días.

Por ello, el informe del perito concluye que "no existe responsabilidad en los facultativos de la institución penitenciaria en la evolución de la enfermedad".

El informe del perito concluye que "no existe responsabilidad en los facultativos de la institución penitenciaria en la evolución de la enfermedad".

A la vista de este informe, la Sala coincide en que de la prueba pericial "no se deduce la existencia de que la desatención médica en la prisión fuera la causante de la necrosis isquémica distas y en definitiva de la amputación de los cuatro miembros.

Por ello, la Audiencia desestima el recurso interpuesto por la representación de este recluso contra la resolución del Ministerio del Interior de octubre de 2014 en la que se le denegaba su reclamación, algo que vuelve a hacer ahora la Audiencia.

En la sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, se condena a costas a la parte recurrente y se confirma la resolución de Interior.

Denegada la indemnización a un recluso de El Dueso al que hubo que amputar brazos y...
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