jueves. 28.03.2024

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a veintiún meses de prisión a una mujer que se apoderó de cerca de 17.000 euros de su abuela, declarada incapaz total y de la que era tutora, hasta el punto de dejar la cuenta en descubierto e impedir el pago de la residencia en la que la anciana estaba ingresada. En una sentencia notificada recientemente, y contra la que cabe recurso, la Sección Primera de la Audiencia considera a la mujer autora de un delito continuado de apropiación indebida y la condena además al pago de una indemnización para los herederos de la anciana por el importe del dinero sustraído.

La Audiencia considera que no se puede afirmar que al cometer el delito "se hallase afectada en sus facultades mentales"

Según el relato de hechos, la acusada fue nombrada tutora de su abuela en 2012, cuando se declaró incapaz total a la anciana por el grave deterioro cognitivo que padecía. En 2016, debido a su estado, fue ingresada en una residencia de mayores, motivo por el que la acusada "dejó de atender personalmente las necesidades de su abuela". A partir de entonces, "con intención de injusto enriquecimiento y valiéndose de su condición de tutora, desde el ingreso de su abuela en la residencia en mayo de 2016 hasta diciembre de 2017 se apoderó de un total de 16.950 euros".

Según la sentencia, la acusada realizó un total de treinta actos de disposición por importes en la mayoría de los casos superiores a 400 euros desde la cuenta de la que la abuela era titular y en la que se le ingresaba su pensión de jubilación. "La cuenta era sistemáticamente vaciada, llegando incluso a provocar descubiertos en la misma en varias ocasiones, hasta el punto de impedir el pago del coste de la residencia en que su abuela se hallaba ingresada", relata la sentencia.

Una vez que se constató esta situación, en mayo de 2017 se decretó la remoción de la acusada como tutora y se nombró en su lugar a la Fundación Marqués de Valdecilla, que no tomó posesión del cargo hasta noviembre de ese año.

PADECIMIENTOS PSÍQUICOS

Según explica la Audiencia, la acusada reconoció la apropiación de las cantidades extraídas, por lo que "el principal problema planteado se encuentra en la influencia" del que fuera su pareja en su conducta. De hecho, la defensa de la mujer aportó al procedimiento una sentencia de violencia de género, así como diversos partes médicos con un diagnóstico de episodios depresivos. Sin embargo, los magistrados entienden que "no cabe afirmar que los problemas psíquicos padecidos por la acusada hayan influido en su conducta delictiva".

La Audiencia también alude al informe de la residencia donde estuvo ingresada la anciana y que afirma que la acusada "no se preocupaba de la abuela durante la estancia de aquella en la residencia de mayores, ni la visitó en ocasión alguna", de manera que solo se descubre su actuación tras revocarse su condición de tutora y nombrarse a la Fundación Valdecilla.

Por ello, considera que no se puede afirmar que al cometer el delito "se hallase afectada en sus facultades mentales ni en la libertad de su actuar por la actuación de terceros ni por sus propios padecimientos". Rechaza también que la conducta de la acusada "se viera influida de manera relevante" por la violencia por parte de su pareja, ya que cuando se produjo esta situación "ya se había apropiado de numerosas cantidades económicas".

A la hora de fijar la condena, la Audiencia aplica la atenuante de reparación del daño, ya que la acusada consignó 3.000 euros antes del juicio, "una parte no desdeñable del total apropiado". Sin embargo, rechaza las atenuantes solicitadas por la defensa de dilaciones indebidas -el asunto entró en los juzgados en junio de 2018 y el juicio se celebró en julio de 2019- y estado de necesidad, ni tampoco que concurra la circunstancia de miedo insuperable.

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