viernes. 19.04.2024

Tal y como ha señalado el consejero de Obras Públicas y Vivienda, José María Mazón, el Gobierno ha adelantado el pago de las ayudas para el alquiler en tres meses respecto al año 2014. De este modo, los 2.449 beneficiarios recibirán un importe medio de 1.534 euros anuales, casi 128 euros mensuales. Según ha informado en un comunicado, el montante total de este primer pago realizado por la Dirección General de Vivienda, correspondiente a los siete primeros meses del año, asciende a 2.145.263 euros.

Según señala la Consejería en nota de prensa, este adelanto "se ha materializado" tras las instrucciones dadas por Mazón tanto a la propia Dirección General de Vivienda como a la Secretaría General, para que ambas actuaran "desde el primer día" con total simplificación de cara a una agilización de los procedimientos que, junto con el carácter urgente dado a las transferencias ya cursadas, ha culminado en lo que ahora se ha hecho efectivo, un adelanto en 90 días del cobro de las ayudas por sus destinatarios.

No obstante, y de cara al próximo ejercicio, la Dirección General de Vivienda está trabajando para "agilizar aún más" el proceso, acortando los plazos para la presentación de solicitudes, establecidos ahora en dos meses.

Recibos de alquiler

Tras este primer abono, los beneficiarios comenzarán a recibir, a partir de ahora, las cantidades asignadas mensualmente para lo cual deberán presentar el recibo correspondiente al pago del alquiler en los primeros diez días del mes siguiente, tal y como se refleja en los requisitos básicos para recibir las mismas.

Concedidas, en concurrencia competitiva, al amparo del Decreto 12/2014 de Ayuda a Inquilinos, que desarrolla el Plan Estatal de Fomento del Alquiler y la Rehabilitación 2013-2016, los requisitos para la obtención de estas subvenciones establecen la necesidad de ser titular de un contrato de alquiler; contar con unos ingresos familiares que no superen 2,5 veces el IPREM ponderado en función del número de miembros de la familia; disposición de unos ingresos familiares mínimos; una renta igual o inferior a 600 euros mensuales; no ser propietario o usufructuario de una vivienda en España; no tener parentesco con el dueño de la vivienda; que toda la familia tenga domicilio fiscal en Cantabria y que la misma se destine a domicilio habitual y preferente de toda la familia.

El importe máximo de las ayudas es del 40% de la renta anual, con un límite de 2.400 euros anuales, divididos en 12 mensualidades, prorrogables por un año.

Las ayudas para el alquiler se adelantan tres meses
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